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Trámites de renovación para la eximición de tasas municipales en 2018

25 de octubre de 2017 a las 12:00 a. m.
Trámites de renovación para la eximición de tasas municipales en 2018
'' Muchos son los contribuyentes que podrán acogerse a este beneficio que anualmente se impulsa en Pergamino. (LA OPINION)

Desde el Municipio brindaron información sobre este importante beneficio que abarca a ciertos contribuyentes del Partido de Pergamino; hay que respetar un cronograma que fue establecido por Rentas para que sean gestiones organizadas y todos puedan hacerlas.


La Dirección de Rentas destacó que está en marcha el programa para solicitar la eximición de tasas municipales para el ejercicio 2018; asimismo se destacó que están en condiciones de pedirlas todas las personas mayores de 60 años de escasos recursos sin jubilaciones o pensiones.

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“El régimen de exenciones contempla al jubilado y/o pensionado que sea titular de un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda propia y si sus ingresos y los del grupo familiar conviviente no superen la suma total de 2,25 veces el haber mínimo”, se resaltó ayer en el Municipio. “Esta modificación a la ordenanza fue realizada para aquellos que por recibir una pequeña reparación histórica superaban por muy poco el valor de 2 salarios mínimo y ahora el monto es de 16.304 pesos, es  decir 2,25 del haber mínimo de 7.246,64 pesos”, señalaron desde la Secretaría de Hacienda

 

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Las gestiones 

El trámite es simple y se realiza en la Oficina de Atención al Contribuyente, Florida 831 de 7:45 a 13:00; a su vez los beneficiarios podrán efectuar consultas también al teléfono 02477 – 434200 (interno 6010/12/13). 

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Sobre el mismo se aclaró que “deberá gestionarlo el titular del inmueble o en su caso por su cónyuge (si algún motivo justificado impide al titular o su cónyuge realizarlo, un tercero – ejemplo: hijo – podrá solicitarlo para lo cual deberá agregar a los elementos a presentar lo siguiente: Fotocopia de su documento (1° y 2° hoja, más cambio de domicilio), certificado de supervivencia del titular y/o cónyuge”. 

 

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Documentación

La presentación que realicen los interesados que deseen acogerse a la eximición se diferenciará si el jubilado o pensionado fue eximido o no en el ejercicio anterior. En este sentido se informó: “Si fue eximido por el ejercicio 2017: Fotocopia de la resolución directa o del decreto que exime el ejercicio 2017; fotocopia del último haber jubilatorio (comprobante de pago provisional) del solicitante y su cónyuge; fotocopia de la última factura de luz; fotocopia de documento del cónyuge (1° y 2° hoja, más cambios de domicilio) o fotocopia de certificado de defunción; fotocopia de documentos de quienes convivan en el inmueble (1° y 2° hoja, más cambios de domicilio; certificación negativa, expedida por la ANSES de los integrantes del grupo familiar que no perciban beneficio provisional”.  

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No obstante desde Rentas aclararon que “si no obtuvo la eximición por el ejercicio 2013: Fotocopia de la escritura de su inmueble; fotocopia de su documento (1° y 2° hoja, más cambios de domicilio); fotocopia de los documentos de su cónyuge y de quienes además convivan en el inmueble; fotocopia de libreta de matrimonio o de partida de matrimonio; fotocopia de última factura de luz; fotocopia de su último recibo de jubilación o pensión (comprobante de pago provisional); copia del último recibo de jubilación o pensión (comprobante de pago provisional) del cónyuge; copia de la eximición anterior (años 2011 y/o anteriores), de no tener, copia de una factura de Servicios Sanitarios y de Limpieza y Conservación de la Vía Pública de su inmueble; copia de certificado de defunción, del titular o cónyuge que haya fallecido; certificación negativa, expedida por ANSES, de los integrantes del grupo familiar que no perciban beneficio provisional”.

 

Respetar los turnos

Asimismo se recordó se tendrá que respetar los siguientes turnos para poder concretar las gestiones de manera organizada; los documentos terminados en 0 y 1 debieron estar tramitando su eximición del 17 al 20 de este mes; los que culminen en 2 y 3 habrán de acercarse hasta el viernes; aquellos que finalicen en 4 y 5 lo harán del 30 al 3 de noviembre; los documentos cuya última numeración sea 6 y 7 tendrán que gestionar el beneficio del 6 al 10 del mes que viene; y finalmente los que terminen en 8 y 9 deberán acercarse a esta oficina municipal del 13 al 17 del mes próximo.

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“Quienes por algún motivo en particular no puedan presentarse respetando este nuevo cronograma deberán concurrir a partir del día 21 y hasta el 30 de noviembre”, indicaron ayer en la Municipalidad.

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