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Eximición temporal de la tasa de Seguridad e Higiene para comercios

17 de abril de 2020 a las 12:00 a. m.
Eximición temporal de la tasa de Seguridad e Higiene para comercios
'' La eximición del pago de esta Tasa era uno de los temas que trataban los comerciantes de Pergamino. (LA OPINION)

La resolución municipal responde a la ordenanza aprobada la semana pasada por el Concejo Deliberante. Está vigente también el Decreto Nº1.260 que dispone muy breves prórrogas para Servicios Sanitarios y Limpieza. No se repartieron las boletas de Arba.


A la través de la Dirección de Rentas, el Municipio informó que se exime del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo del corriente año, a aquellos contribuyentes de dicho tributo que habiendo realizado la liquidación mensual del impuesto de Ingresos Brutos atribuibles al Partido de Pergamino, calculados en base a la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2020, teniendo en cuenta que la misma arroje un importe a abonar de la Tasa de Seguridad e Higiene igual o inferior a 1.500 pesos. Así fue establecido por el pleno del Concejo Deliberante el jueves pasado, que sesionó de manera virtual y aprobó una ordenanza que unificó los proyectos presentados por los distintos bloques pero que iban en un mismo sentido.

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“Serán beneficiarios además sanatorios privados, clínicas del Partido de Pergamino, que se encuentren afectados a la asistencia de pacientes con sospecha o confirmación de Covid-19, en unidades de cuidados intensivos, independientemente de los montos que establezca la liquidación efectuada”, explicó el contador Carlos Ayestarán, titular del área local de Rentas al ser consultado por el Diario, dejando claro que para estos establecimientos no hay requerimientos para aplicar al beneficio.

Para acceder esta eximición no hay que realizar ningún trámite virtual o presencial, solo liquidar la obligación mensual para que el Ejecutivo procese la eximición de los períodos.

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Tasas domiciliarias

Respecto de las tasas de Servicio Sanitario (papel celeste) y Limpieza (papel rosa), el intendente dictó el Decreto Nº 1.260, estableciendo prórrogas para la cuota 4 cuyo vencimiento ya operó, curiosamente hasta el día 24 de abril, en que todavía estará vigente el actual período de aislamiento. Esta nueva fecha de plazo es optativa y quienes la tomen, especialmente quienes abonan por débito automático deberán tener en cuenta lo que mencionan los siguientes artículos:

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Artículo 1: Prorróguese la fecha de vencimiento de la cuota 04/2020 no abonada, de la tasa de Servicios Sanitarios con fecha de vencimiento original día 13/04/2020, para el día 24/04/2020. En el caso de que la institución bancaria no pueda realizar la reversión de las operaciones de débito automático, ordenadas por envío efectuado con fecha 16/03/2020 para debitar con fecha original de pago y trasladar para la fecha 24/04/2020, queda la posibilidad que el contribuyente realice un “stop debit” de la cuota en su banco, y luego abone por las bocas de pago habilitadas en forma presencial, o los medios electrónicos de pago.

Artículo 2: Dispónese la prórroga de la cuota 04/2020 no abonada, de la tasa de Limpieza y Conservación de la Vía Pública y de la tasa de Alumbrado Público (facturación no incluida en las facturas de energía y Delegación Acevedo) con fecha original de pago día 13/04/2020, para el día 24/04/2020. Esta prórroga no opera de oficio, es a opción del contribuyente para lo cual deberá ingresar en la web de la Municipalidad de Pergamino www.pergamino.gob.ar o directamente en www.pergamino.gob.ar/online, y liquidar la cuota con la nueva fecha para poder

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abonar por las opciones de pago presencial habilitadas, o medios electrónicos de pago, en su defecto, con la boleta impresa y distribuida por el Municipio con fecha fin de febrero y principios de marzo solicitar en oficina de Atención al Contribuyente calle Florida 831 su reimpresión o directamente sin solicitar reimpresión presentarse para abonarla en la Tesorería Municipal, Palacio Municipal, calle Florida 629. En el caso de contribuyentes adheridos al débito automático, podrán realizar un “stop debit” de la cuota en su banco, para luego ejercer las opciones descriptas.

Accesible, no siempre posible

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Ayestarán informó que los contribuyentes de tasas municipales en general pueden ingresar a la Web de Rentas de la Municipalidad www.pergamino.gob.ar/online y liquidar los tributos, tanto de comercio como de inmuebles urbanos o rurales: “Ya se encuentran determinadas y a disposición en la cuenta corriente del objeto del inmueble y luego habrá que abonarlas a través de los medios electrónicos disponibles, tal como Mercado Pago”, resaltó el funcionario.

También informó que las cuotas de tasas de los inmuebles se encuentran disponibles para pagar en la Web de la Red Link y de Banelco/Pago Mis Cuentas a través del Home Banking.

No obstante los mecanismos establecidos -algunos existentes antes de esta contingencia-, hay una vasta porción de la población que no sabe o no cuenta con las herramientas para abonar de manera virtual y otra parte que seguramente no estará en condiciones de hacerlo.

Boletas de Arba

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A su vez, la Dirección de Rentas municipal comunicó a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (Arba) que no se realizó el reparto de las boletas/facturas para el vencimiento que operaba en este mes: “Se esperarán decisiones al respecto por parte de este organismo recaudatorio provincial”, señaló el contador Ayestarán. No obstante. “Se sugiere a los contribuyentes utilizar la página Web www.arba.gov.ar para canalizar cualquier tipo de dudas que se les presenten o bien para estar notificados sobre los cambios que pueda adoptar la Provincia en un momento tan particular como el que estamos atravesando”, agregaron desde el Municipio.

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