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Condenaron a un sujeto que abusó de un joven con retraso madurativo

El Tribunal Oral en lo Criminal 1 resolvió la condena a prisión al individuo que ultrajó íntimamente al muchacho que padece un trastorno leve.

16 de julio de 2026 a las 06:46 p. m.
Condenaron a un sujeto que abusó de un joven con retraso madurativo
En la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal se desarrolló el juicio.

El Tribunal Oral en lo Criminal 1 del Departamento Judicial Pergamino dictó un fallo condenatorio en la causa seguida contra un sujeto de 25 años de edad, hallándolo culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma. La sentencia, dictada por los jueces Marcela Santoro, Ignacio Uthurry y Alejandro Salguero, determinó una pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo, además de imponer las costas del proceso penal y sus accesorias legales.

El veredicto unánime de los magistrados respaldó la acusación sostenida durante el debate oral por el Ministerio Público Fiscal, representado por el agente fiscal Nelson Mastorchio, quien había solicitado idéntico monto punitivo al considerar acreditada la materialidad ilícita y la autoría responsable del encausado más allá de toda duda razonable.

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Los jueces Ignacio Uthurry, Marcela Santoro y Alejandro Salguero condenaron al sujeto de 25 años de edad.

Ataque con cuchillo

El aberrante episodio que motivó esta grave sanción penal tuvo lugar el cuatro de diciembre del año dos mil veintiuno, en una franja horaria comprendida aproximadamente entre las diecisiete y las veintidós horas.

La víctima, un joven que por entonces contaba con diecinueve años de edad, se encontraba solo en la cocina de su vivienda, ubicada en la intersección de las calles 101 y 126 del reconocido Barrio Otero de nuestra ciudad.

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Según se pudo reconstruir a lo largo de las jornadas de debate judicial, el joven estaba preparándole la comida a su hermana Florencia, quien en ese mismo instante se hallaba en el hospital local cuidando a la madre de ambos. Aprovechando esta inmensa situación de absoluta indefensión, el imputado irrumpió en el domicilio. La víctima relató con notable persistencia que su agresor lo tomó fuertemente por la espalda y le apoyó un cuchillo directamente en el cuello.

Mediante graves intimidaciones y amenazas de muerte explícitas, el atacante le bajó las prendas de vestir y perpetró el condenable abuso sexual, concretando el acceso carnal. Ante los gritos desesperados del joven vulnerado, el individuo huyó rápidamente del lugar de los hechos, dejando a su amigo sumido en el dolor físico y emocional.

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El abogado Estanislao Carricart estuvo a cargo de la defensa técnica del acusado.

Testimonio del damnificado

Una de las piezas fundamentales para arribar a esta justa condena fue la valiente declaración brindada por el propio damnificado. A pesar de padecer un diagnóstico médico formal de discapacidad intelectual leve, también conocido en términos clínicos como retraso madurativo, logró detallar con pasmosa claridad las circunstancias del ataque sufrido a manos de quien consideraba un amigo cercano. Los profesionales de la salud mental que intervinieron en la causa, entre ellos la licenciada Ivana Riguetti y el psiquiatra Walter Mártire, explicaron que las características discursivas del joven son absolutamente compatibles con su nivel de desarrollo cognitivo. Señalaron que su relato no evidenciaba ningún tipo de maniobra argumentativa ni móviles espurios tendientes a perjudicar falsamente al acusado. Muy por el contrario, los expertos destacaron que la narración de la víctima fue directa, concreta y sostenida en el tiempo, desde el instante inicial en que le confió lo sucedido a un familiar en plena vía pública, mientras se dirigía llorando a radicar la denuncia en sede policial. Dicha versión fue ratificada integralmente por su progenitor, quien relató ante el estrado cómo acudió al auxilio de su hijo al enterarse de la noticia.

El fiscal Nelson Mastorchio y la instructora judicial María José Suárez estuvieron a cargo de la acusación y lograron la condena a ocho años de prisión.

Graves secuelas físicas

El contundente cuadro probatorio de cargo se vio robustecido mediante los concluyentes informes elaborados por los peritos médicos oficiales. El doctor Walter Rodríguez, especialista de la Policía Científica, ratificó bajo juramento que el examen protocolar efectuado a la víctima apenas unas horas después de perpetrado el hecho arrojó resultados inequívocos. Constató la existencia de lesiones recientes altamente compatibles con la mecánica abusiva descripta, las cuales requirieron atención hospitalaria inmediata. El informe psiquiátrico de la asistente social Ana Laura Trotta añadió contexto sobre la inmensa vulnerabilidad habitacional y sociocultural de la familia de la víctima. Estos incontrastables hallazgos científicos y periciales desbarataron por completo los estériles intentos de la Defensa Oficial, encabezada por el doctor Estanislao Carricart, orientados a instalar una hipotética coartada que pretendía ubicar a al condenado en un escenario diferente al momento del crimen. Los jueces descartaron de plano esta versión alternativa, argumentando que los insuficientes testimonios aportados por familiares íntimos del condenado carecían de la solidez necesaria para neutralizar la contundencia probatoria.

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Fallo del Tribunal

Los jueces Ignacio Uthurry, Marcela Santoro y Alejandro Salguera condenaron en forma unánime al sujeto que ocupó el banquillo de los acusados.

Luego de analizar minuciosamente el abanico probatorio, los magistrados concluyeron que el accionar del encartado evidenció plena capacidad de comprensión y dirección, actuando con innegable dolo al someter a su víctima. Consideraron acreditados los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal endilgado. En consecuencia, dispusieron la condena a ocho años de prisión. Pero la resolución judicial no se limitó únicamente a la imposición del merecido encierro carcelario. En una decisión de profunda perspectiva de derechos humanos, la doctora Santoro introdujo una medida de reparación integral orientada a garantizar la no repetición de conductas aberrantes.

Tratamiento de concientización

En sintonía con las normativas internacionales vigentes relativas a la protección de las personas con discapacidad y la prevención de la violencia, el fallo obliga al ahora condenado a someterse a un programa especializado. Específicamente, Berón Saucedo deberá incorporarse al Programa de Asistencia a varones con conductas violentas. Esta instancia terapéutica aborda la problemática desde su raíz, concientizando sobre nuevas masculinidades, el respeto por los derechos y la necesidad de erradicar la violencia machista. El Tribunal dispuso la extracción de muestras biológicas del sentenciado para su inclusión formal en el Banco de Datos Genéticos. Hasta que la sentencia adquiera firmeza, el imputado mantendrá arresto domiciliario con control, advirtiéndose que su incumplimiento derivará en el inmediato traslado penitenciario.

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Debate oral

En las audiencias de debate oral en la sala del Tribunal Oral en lo Criminal el fiscal Nelson Mastorchio y la instructora judicial María José Suárez lograron acreditar la responsabilidad penal.

Durante dos jornadas declaró el joven víctima sin tener a su vista al acusado; aunque permaneció en la sala escuchando el testimonio del damnificado.

También declararon los especialistas encargados de las pericias durante el proceso judicial.

Eñ fiscal Nelson Mastorchio junto a la instructora judicial María José Suárez lograron probar los abusos y lograron el fallo unánime de los jueces Uthurry, Santoro y Salguero.
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