El Gobierno confirmó que la cuarentena se extenderá hasta el 10 de mayo

El presidente Alberto Fernández habló este sábado a la noche y brindó detalles sobre algunas de las consideraciones que se tomaron en cuenta para la extensión de este período de aislamiento social.
El aislamiento social, preventivo y obligatorio se prorroga hasta el día 10 de mayo de 2020 y como todos los grandes aglomerados urbanos son los lugares de mayor riesgo de transmisión del virus, en los casos de más de quinientos mil habitantes en el país, seguirán cumpliendo las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio como lo hicieron durante los últimos quince días.
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Asimismo la Administración Pública Nacional seguirá funcionando con las dotaciones mínimas establecidas; continuarán suspendidas en todo el país las siguientes actividades: dictado de clases presenciales en todos los niveles y modalidades; los eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y otros; eventos comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado; y las actividades turísticas, apertura de parques, plazas y similares.
En esta misma línea cabe decir que las fronteras seguirán cerradas para el ingreso de extranjeros. El ingreso de los residentes continuará en los términos que sean compatibles con el control sanitario y el transporte de pasajeros aéreo de cabotaje e internacional, terrestre interurbano, entre jurisdicciones e internacional continúan sin autorización para funcionar.
Las gobernadoras y los gobernadores podrán decidir excepciones al cumplimiento de las medidas de aislamiento. Estas excepciones serán autorizadas únicamente cuando se cumplan las siguientes cinco condiciones sanitarias: tiempo de duplicación de casos confirmados inferior a quince días; sistema de salud con capacidad adecuada para dar respuesta; evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto al riesgo sociosanitario en relación con la densidad poblacional; y el porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido, la zona geográfica no podrá estar definida como “con transmisión local o por conglomerado” por la autoridad sanitaria nacional.
Si alguno de estos indicadores no se cumple, el Departamento o Partido no podrá avanzar con las excepciones.
No obstante cabe decir que el jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer el cese de las excepciones que incumplan con los criterios epidemiológicos/sanitarios; mientras que los trabajadores mayores de sesenta años, embarazadas o personas incluidas en los grupos en riesgo (definidos por el Ministerio de Salud) están dispensados de concurrir a sus puestos de trabajo.
Todas las personas podrán realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.









