Cualquier vehículo con seguro y VTV podrá transportar pasajeros, pero Provincia no adhiere
El Gobierno reglamentó todo lo referido al transporte automotor de larga y media distancia. Se apunta a que las firmas del sector, e inclusive particulares, tengan menos restricciones para establecer precios, modificar o discontinuar rutas que no sean rentables, entre otros. Así se oficializó en el Boletín Oficial mediante la...
El Gobierno reglamentó todo lo referido al transporte automotor de larga y media distancia. Se apunta a que las firmas del sector, e inclusive particulares, tengan menos restricciones para establecer precios, modificar o discontinuar rutas que no sean rentables, entre otros.
Así se oficializó en el Boletín Oficial mediante la Resolución Nº 57/2024, impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
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"Se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes", aseguraron desde la cartera conducida por Franco Mogetta.
En este sentido, los transportistas se registrarán de manera on line y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios. A su vez, se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP).
El trámite, que estará disponible a partir este 11 de diciembre, es obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrá carácter de Declaración Jurada (DDJJ). El correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante el proceso.
Los transportistas deberán completar: formulario de transportistas/empresas, DDJJ Nómina de Parque Móvil, DDJJ Nómina de conductores, título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos, pólizas de seguros, etc. Una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar.
Aquellos que ya estén prestando servicios podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta sesenta días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodología aprobada.
Cabe recordar, que tras conocerse el decreto 883, el ministro de Transporte bonaerense, Jorge D'Onofrio, avisó que la Provincia no va a adherir a la desregulación del transporte de pasajeros, ya que esto dejaría sin conexión al 70% de las localidades que se encuentran en territorio.











