Condenaron a ladrones de un transformador en la zona rural de Colón
Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal declararon a Carlos Alberto Pérez y Mauro Sebastián Alegre coautores de hurto y robo calificado. y los condenaron a seis años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo.

En una resolución unánime dictada en la sala de audiencias del Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Pergamino, los jueces Marcela Santoro (quien presidió el acuerdo y encabezó la votación), Ignacio Uthurry y Guillermo Burrone condenaron a Carlos Alberto Pérez (42 años) y a Mauro Sebastián Alegre (28 años) a la pena de 6 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo, accesorias legales y el pago de las costas procesales.
Ambos imputados, domiciliados en la ciudad de Colón, fueron declarados coautores penalmente responsables de los delitos de hurto agravado por la participación de un menor de edad en concurso real con robo agravado por ser cometido en despoblado y en banda y por la participación de un menor de edad. Asimismo, el fallo declaró a Pérez reincidente por cuarta vez y a Alegre reincidente por primera vez.
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Los hechos en la zona rural de Colón
El caso juzgado se remonta a la tarde del 3 de octubre de 2025, cuando Pérez y Alegre, acompañados por un menor de 16 años identificado como N.M.R., se desplazaban por la zona rural del Partido de Colón a bordo de una camioneta Ford F-100 azul.
Alrededor de las 16:00 horas, el grupo arribó al camino rural adyacente al establecimiento denominado "Campo Chagalj", en el Cuartel III, paraje "La Rosa Blanca". Allí, según acreditó la justicia, descendieron del vehículo munidos de herramientas manuales y una escalera plegable de aluminio. Tras trepar al poste eléctrico de casi siete metros de altura, violentaron los amarres metálicos y cortaron los cables del tendido para apoderarse de un transformador de energía eléctrica marca Vonaben N° 5, propiedad de la Cooperativa Eléctrica de Colón, valuado en cuatro mil dólares estadounidenses.

Minutos después, cerca de las 16:30, los mismos sujetos se dirigieron a un campo lindero propiedad de la vecina Mónica Verasaluce. Luego de ingresar a un galpón cuya puerta estaba asegurada únicamente con un alambre, sustrajeron cinco chapas galvanizadas de tres metros de altura y las cargaron en la caja del rodado.
Persecución, llamado al CPR y detención
La maniobra no pasó desapercibida. El puestero de un establecimiento vecino, Jorge Luis Ayala, advirtió los movimientos sospechosos de la camioneta y dio aviso telefónico inmediato al Comando de Prevención Rural (CPR) de Colón.
Efectivos policiales acudieron prestamente al sector rural. Al advertir la presencia del patrullero en la zona conocida como "del matadero", los ocupantes de la F-100 intentaron evadir el control doblando imprevistamente por una arteria secundaria. Sin embargo, la maniobra evasiva resultó frustrada y fueron interceptados tras una breve persecución. En la caja del vehículo, la policía descubrió no solo las cinco chapas y el transformador naranja, sino también la escalera de aluminio, tenazas, corta alambres, corta fierro, sogas y un aparato celular.

El debate: el pedido de la Fiscalía y la estrategia de la Defensa
Durante las audiencias de debate oral, las posturas de la acusación y la defensa exhibieron un marcado contrapunto en torno a la mecánica y calificación del hecho del transformador.

El agente fiscal Horacio Oldani sostuvo la acusación por hurto agravado respecto de las chapas y por robo agravado en despoblado y en banda, en concurso ideal con robo por escalamiento, agravado por la presencia del menor. Argumentando la existencia de graves antecedentes condenatorios y reprochando que los acusados pretendieron descargar responsabilidades en el joven en sus declaraciones iniciales, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo y la declaración de reincidencia.
A su turno, el abogado defensor particular, Aquilino José Giacomelli, cuestionó enérgicamente la pretensión punitiva por considerarla "absolutamente excesiva". Si bien no discutió la interceptación ni la autoría de sus asistidos, afirmó que respecto del transformador se trató de un hurto simple. Basándose en la declaración del propio Pérez, la defensa argumentó que el aparato ya se encontraba tirado en el suelo bajo el poste y que los acusados solo lo cargaron. Asimismo, Giacomelli enfatizó que la escalera secuestrada medía tan solo 4 metros, resultando técnicamente imposible alcanzar la cúspide del palo de 7 metros.
En forma subsidiaria, el defensor sostuvo que, aun si se considerara que treparon, la altura de los transformadores no responde a una "defensa predispuesta" del propietario para proteger el bien, sino a normativas de seguridad pública para evitar electrocuciones. Además, destacó la actitud de los acusados, recordando que antes del juicio ofrecieron abonar 2.000 dólares a la Cooperativa como reparación integral del daño, intento que fue rechazado por la Fiscalía.

Los fundamentos de los jueces: por qué fue robo y no un hallazgo
Al momento de redactar el voto que lideró el acuerdo, la jueza Marcela Santoro desmontó de manera categórica la hipótesis del "hallazgo casual" formulada por la defensa.
El tribunal fundó la certeza de la maniobra violenta en las pericias de la Policía Científica y en los testimonios del sargento Ángel Ávalos y del oficial subinspector Eduardo Medina. Los peritos constataron en el lugar cables de cobre con cortes recientes y brillosos, amarras metálicas violentadas y una impronta o profundización en la tierra compatible con la caída de un objeto pesado. Mediante la utilización de un dron y un metrolaser de precisión, Policía Científica determinó que los zunchos metálicos cortados se hallaban a 3,70 metros de altura y el primer tirante de sujeción a 7,06 metros.
Para los jueces, la utilización de la escalera de 4 metros combinada con la contextura física de Pérez (de 1,70 metros de estatura) tornaba perfectamente posible acceder a los amarres de 3,70 metros, cortar las sujeciones y provocar la caída del artefacto. "La convergencia de estos elementos excede ampliamente la mera posibilidad de un hallazgo casual", enfatizó la jueza en el escrito.

Rechazo del escalamiento y ponderación de la pena
No obstante la condena por robo, el tribunal dio la razón a la postura subsidiaria del abogado Giacomelli y desestimó la agravante por escalamiento solicitada por el fiscal. Citando doctrina de Sebastián Soler, los magistrados explicaron que el escalamiento exige superar obstáculos puestos como "defensas preconstituidas" de la propiedad. En el caso de los transformadores eléctricos, la elevación obedece exclusivamente a razones de seguridad general para prevenir descargas letales en transeúntes, por lo que no configura la calificante legal.
Al momento de graduar el monto de la pena, los jueces consideraron que la escala penal para el concurso de delitos partía de un piso elevado de 6 años y 8 meses de prisión. Sin embargo, valoraron como atenuantes significativos que la totalidad de las chapas y el transformador fueron recuperados intactos y devueltos a sus dueños, sumado a la actitud demostrada por los encausados al intentar reparar el daño económicamente antes del debate.
En consecuencia, el tribunal decidió imponer el mínimo legal de 6 años y 8 meses de prisión.
Reincidencias y decomiso de herramientas
En la parte resolutiva del fallo registrado bajo el número RS-149-2026, los magistrados dispusieron:
Pérez: Declarado reincidente por cuarta vez, atento a sus antecedentes penales por encubrimiento y delitos anteriores.
Alegre: Declarado reincidente por primera vez, computándose condenas previas unificadas por lesiones leves calificadas.
Decomiso y destrucción: Se ordenó el decomiso de los elementos e instrumentos utilizados para cometer los ilícitos (escalera de aluminio, tenazas, corta alambres, herramientas y celular), los cuales serán destruidos por el Ministerio Público Fiscal. Por el contrario, no se decomisó la camioneta Ford F-100, al no acreditarse la titularidad registral del vehículo para no perjudicar a eventuales terceros.
Con la lectura formal efectuada en los tribunales pergaminenses, concluyó este importante proceso penal que lleva tranquilidad a los productores y vecinos de la zona rural del partido de Colón.




















