Condenan a prisión a un padre, su hijo y un cómplice por un violento asalto a la moradora de una casa
El Tribunal en lo Criminal N° 1 dictó un fallo unánime tras comprobarse que el hijo actuó como "entregador" simulando ser una víctima del robo, mientras su padre coordinaba el hecho telefónicamente simulando una coartada.

En un fallo unánime, los jueces Ignacio Uthurry, Carlos Ariel Picco y Raúl Alejandro Salguero, integrantes del Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Pergamino, condenaron a tres hombres a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento por su responsabilidad en un violento asalto y privación ilegal de la libertad. El hecho ocurrió en una vivienda de la calle Zeballos al 1100, en el barrio José Hernández de esta ciudad, donde los delincuentes mantuvieron cautiva a la víctima bajo extremas amenazas.
Entre los sentenciados se encuentran Gustavo Sergio Giménez (46) y su hijo Braian Andrés Giménez (24), junto a Federico Tomás Rubio (49), alias "Frutilla". La investigación penal y el posterior debate oral permitieron desmantelar una compleja red de roles y complicidades familiares que incluyó engaños y una "puesta en escena" para desviar la atención de la justicia.
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El asalto y la falsa víctima
El robo se perpetró el 3 de abril de 2024, alrededor de las 16:30 horas, en el domicilio de la víctima, PMC. Según se acreditó en el juicio, Braian Giménez se presentó en la vivienda con la aparente intención de realizar trabajos de jardinería y poda. En un momento determinado, el joven insistió de forma persistente para que la mujer saliera al patio a observar unas ramas.
Al abrirse el portón que daba acceso a la calle, dos sujetos armados irrumpieron en la propiedad. Uno de ellos redujo violentamente a la víctima y la trasladó a una de las habitaciones. Allí la ataron, le encintaron la cabeza y la amenazaron de muerte apoyándole un arma en la sien para exigirle dinero.
En un intento por no levantar sospechas, los asaltantes ataron también al supuesto parquero, Braian Giménez, utilizando únicamente los cordones de sus propios borcegos. Sin embargo, el tribunal determinó que esta inmovilización fue una mera "puesta en escena". En realidad, el joven parquero era un partícipe activo que aportó la información necesaria sobre los movimientos de la casa, facilitó el ingreso de los ladrones y coordinó el ataque convencido de que la familia guardaba una gran suma de dinero.

Tras revolver la propiedad, los asaltantes se dieron a la fuga únicamente con el teléfono celular Samsung de la víctima. En el apuro de la huida, olvidaron dentro de la vivienda una mochila propia que contenía guantes, cinta aisladora y la suma de 75.000 pesos pertenecientes a la madre de la damnificada, dinero que la policía científica secuestró más tarde.
La coartada del padre y las pruebas telefónicas
El rol de Gustavo Sergio Giménez (padre) consistió en la planificación y la provisión de apoyo a modo de "campana". Para construirse una coartada, el hombre viajó ese mismo día a las ciudades de San Nicolás y Rosario acompañando a los padres de la víctima, con quienes mantenía una amistad de siete años y realizaba trabajos de albañilería.
No obstante, durante el viaje, los acompañantes notaron que Giménez se mostraba sumamente intranquilo, subiendo y bajando constantemente de las escaleras del local comercial donde realizaban compras en Rosario mientras hablaba de forma continua por su teléfono celular. El análisis forense de los dispositivos móviles reveló un intenso tráfico de mensajes y llamadas entre el padre, su hijo Braian y Federico Rubio en las horas previas y durante la ejecución del asalto, lo que sepultó de manera definitiva sus coartadas de desvinculación.
Doble condena para "Frutilla"

Por su parte, Federico Tomás Rubio, sindicado como uno de los ejecutores directos que ingresó armado a la propiedad, sumó otra condena en un expediente acumulado. Durante un allanamiento de urgencia realizado en su vivienda de Fontezuela en el marco de otra causa, la policía incautó seis frascos de vidrio con 199 gramos de marihuana.
Debido a esto, Rubio fue condenado no solo por el robo y la privación de la libertad, sino también por el delito de tenencia simple de estupefacientes. Asimismo, la justicia lo declaró reincidente por cuarta vez debido a sus antecedentes penales.
La Sentencia y un llamado de atención de los Jueces

El tribunal calificó los hechos del robo como robo agravado por el empleo de arma de fuego (cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse), cometido en lugar poblado y en banda, en concurso ideal con privación ilegal de la libertad agravada.
Durante la lectura del fallo, los magistrados hicieron notar una llamativa contradicción en la acusación pública a cargo del fiscal Daniel Aguilar
. El fiscal había solicitado tres años de prisión para Rubio (quien tenía frondosos antecedentes condenatorios y enfrentaba dos cargos penales) y tres años y seis meses para los Giménez (quienes carecían de antecedentes penales, factor que constituía un atenuante).
Al no haber justificado el fiscal los motivos de esta disparidad en su alegato final, y para respetar el principio constitucional de igualdad ante la ley y no sobrepasar el límite punitivo solicitado por la fiscalía para el principal imputado, el tribunal unificó la condena para los tres imputados en tres años de prisión de efectivo cumplimiento. Adicionalmente, Rubio deberá abonar una multa de 20.000 pesos por la causa de estupefacientes.

Análisis de las Comunicaciones Telefónicas
Este informe detalla el examen pericial de las comunicaciones telefónicas llevado a cabo por el Instructor Judicial, Dr. Ignacio Bo, fechado el 10 de abril de 2024. Los resultados de este análisis técnico no solo permitieron trazar los vínculos internos de la banda e identificar a un cuarto integrante de La Matanza, sino que resultaron la prueba científica clave para desmantelar las coartadas e intentos de desvinculación de los tres imputados.
1. Examen del Dispositivo Samsung de Braian Andrés Giménez (Abonado 566944)
El peritaje sobre el teléfono del joven parquero aportó la prueba más directa sobre la sincronización previa del delito y las recriminaciones posteriores entre los involucrados:
Vínculo directo con "Uru": Braian tenía agendado el número 2477 318338 bajo el seudónimo "URU". El registro telefónico demostró un intenso intercambio de llamadas que comenzó el día previo al robo y culminó el mismo 3 de abril de 2024, registrándose la última comunicación a las 16:04 horas, apenas 26 minutos antes de que se iniciara el asalto en la vivienda de la calle Zeballos.
La caída de la coartada familiar: En la aplicación WhatsApp se recuperó un chat con su progenitor, Gustavo Sergio Giménez. A las 14:21:23 horas (dos horas antes del asalto), el padre le envió un mensaje explícito: "no lleve el celu". Aunque los tres mensajes siguientes de respuesta enviados por Braian fueron eliminados, la pericia constató que existió un intercambio posterior y recíproco de mensajes de audio. Este hallazgo echó por tierra de forma definitiva la versión defensiva de Gustavo, quien afirmaba que Federico Rubio y sus secuaces le habían quitado el celular a su hijo a la mañana para obligarlo a colaborar.
La prueba de posesión: Las conversaciones de WhatsApp mantenidas ese mismo día por Braian con su pareja (o ex pareja) Anahy Sánchez (madre de su hija) corroboraron de forma indudable que el imputado conservó el terminal en su poder y activo durante toda la jornada.
Las recriminaciones tras el asalto: A las 23:37:24 horas de la noche del robo, Braian le envió a Anahy Sánchez una captura de pantalla acompañada del mensaje "Mando msj" en alusión al abonado 2477 382774, perteneciente a Federico Rubio, alias "Frutilla". El contenido de esos textos evidenciaba la furia por el fracaso del botín: "Cómo bardiaron", "Amigooooo", "Maahiii", "Eso no se haceeee", "Vos sabés" y "Que pasoooo". Sánchez reaccionó cortando la comunicación, insultándolo y exigiéndole que "se arregle" solo.
Agenda de Rubio: En el aparato de Braian, el número de Federico Rubio (2477 382774) figuraba sin nombre guardado, pero registraba tanto historial de llamadas como conversaciones de WhatsApp activas.
2. Examen del Dispositivo Huawei de Gustavo Sergio Giménez
La pericia sobre el teléfono del padre demostró una llamativa selectividad en el uso del terminal y desbarató su intento de mostrarse ajeno a la organización:
Se extrajo el reporte de chats de WhatsApp con su hijo Braian y un registro de llamadas del día del hecho. Este tráfico constante coincidió con el testimonio de los padres de la víctima, quienes compartieron el viaje a Rosario con Gustavo ese día y notaron su extrema intranquilidad, detallando que subía y bajaba constantemente las escaleras de un comercio para hablar por celular a la hora del asalto.
Inexistencia de contactos cruzados: Lo más revelador del análisis forense sobre el Huawei de Gustavo Giménez fue que no arrojó ningún tipo de resultado en las búsquedas de los abonados vinculados directamente con los ejecutores: 2477 318338 (Uru), 2477 382774 (Fede Rubio) y 2477 537290 (Yanina Palacio). Esta total ausencia de rastros probó una maniobra deliberada para evitar registrar contactos con el sector ejecutor de la banda, delegando esa interacción en su hijo Braian.
3. Vinculaciones de la Línea de "Uru"
El informe brindado por la prestataria de telefonía móvil Movistar constató que la línea utilizada por "Uru" registraba comunicaciones al día siguiente del asalto con el abonado 2477 537290. Dicho abonado corresponde a Yanina Vanesa Palacio, con domicilio en Vicente López N° 1444, identificada como pareja de Peñalva (alias "Uru") e hija del titular de la línea telefónica.
Conclusiones del Tribunal
La valoración conjunta de este mapa tecnológico brindó a los jueces Ignacio Uthurry, Carlos Ariel Picco y Raúl Alejandro Salguero la certeza absoluta necesaria para condenar a los tres sujetos:
Descartó las supuestas amenazas que Gustavo Giménez aducía haber recibido de Rubio para obligarlo a aportar información sobre los movimientos de la casa.
Anuló la teoría de que Braian Giménez era una víctima despojada de su teléfono por los asaltantes.
Destruyó la coartada de Federico Rubio, quien pretendía convencer al tribunal de que solo había intervenido en la fase preparatoria y que los demás imputados lo habían apartado al momento de ejecutar el robo.






















