Califican como "producto ilegal" un aceite de oliva y prohíben su elaboración y comercialización
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la \"elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional\" del aceite de oliva de la marca Estancia Los Lagos, que fue considerado \"ilegal\". La medida se oficializó a través de la Disposición 6437/2022, que fue publicada en el...
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional" del aceite de oliva de la marca Estancia Los Lagos, que fue considerado "ilegal".
La medida se oficializó a través de la Disposición 6437/2022, que fue publicada en el Boletín Oficial de este martes y que lleva la firma del farmacéutico Manuel Limeres, máximo responsable de la Anmat.
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La investigación comenzó a raíz de una notificación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, que sostenía que el producto en cuestión no cumplía con la normativa alimentaria vigente.
En específico, indicó que "la titularidad no pertenece a la razón social declarada en el rótulo", por lo que "no puede ser identificado en forma fehaciente como producto producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado". Asimismo, expresó que "carece de registros sanitarios y está falsamente rotulado".
En ese contexto, con la intención de "proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales", de los cuales "no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control y su inocuidad", la Anmat prohibió la "elaboración, fraccionamiento y comercialización" de ese aceite de oliva.
"Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el Rnpa 02525439, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un Rnpa inexistente, resultando ser en consecuencia ilegales", se detalla en el Artículo 2° de la normativa. (DIB)









