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Autorizaron la actividad de servicio doméstico en Pergamino

28 de mayo de 2020 a las 12:00 a. m.
Autorizaron la actividad de servicio doméstico en Pergamino
'' Los empleadores deberán proporcionarles a los empleados los elementos de protección personal (EPP). (LA OPINION)

De esta forma la Provincia de Buenos Aires, a través del Jefe de Gabinete de Ministros, dio lugar al pedido al Departamento Ejecutivo de Pergamino. La actividad deberá ajustarse al protocolo de servicio de limpieza en general cumpliendo las normas vigentes.


El intendente del Partido de Pergamino, Javier Martínez, decretó este jueves autorizar la actividad de servicio doméstico “tareas de limpieza, lavado, planchado, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar”.

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Dicha actividad deberá ajustarse al protocolo de servicio de limpieza en general cumpliendo las normas vigentes de acuerdo a las indicaciones de los entes públicos y las de los medios oficiales. De esta forma, este miércoles, la Provincia de Buenos Aires, a través del Jefe de Gabinete de Ministros, habilitó al Departamento Ejecutivo de Pergamino, “a dictar el acto administrativo pertinente respecto de limpieza de casas particulares”. El pedido había sido solicitado el viernes pasado por el Municipio local.

“Las tareas y servicios que por este decreto se autorizan, por la especial naturaleza que revisten sus prestaciones, estarán exentas de cumplir la restricción horaria establecida en el Decreto municipal Nº 1173/20”, especifica el comunicado.

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Del extenso decreto se desprende en el artículo 3º que “en el desarrollo de las actividades y servicios autorizados, debe tenerse presente lo dispuesto en la Resolución Nº 135/20 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se establece la obligación de los empleadores de confeccionar e implementar un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo, en el marco de la emergencia sanitaria producida por la propagación del Covid-19, de conformidad con las especificidades que requiera la actividad desarrollada y/o las tareas prestadas por las trabajadoras y los trabajadores en cada uno de los establecimientos del empleador y/o lugares de trabajo”.

El artículo 4º dice: “Desígnese como autoridad de fiscalización y control del cumplimiento de los protocolos referidos en el artículo 3º del presente a la Dirección de Habilitaciones Comerciales y Control de Actividades Económicas de la Municipalidad de Pergamino. Instese a todo ente, organismo, grupo o asociación que nuclee a las actividades y servicios autorizados a colaborar en el control del cumplimiento del protocolo referido, debiéndose comunicar toda denuncia o infracción a la autoridad de control local designada”.

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La actividad deberá ajustarse al protocolo de servicio de limpieza en general, durante el desarrollo de actividades laborales, se deberán observar pautas de limpieza.

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