Anmat: otro producto prohibido por estar mal rotulado

Este martes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional de una marca de aceite de oliva. Según informaron a través del Boletín Oficial y tal como se detalla en la disposición Nº 6651/2021, se trata del producto catalogado como: "Aceite de oliva extra virgen Suave, marca Olivares del Valle, Elaborado por establecimiento "Don Matías", RNPA 025-13027521/ RNE 13002304, Albardón y Riobamba, Los Arboles, Rivadavia, Mendoza".
Según explica disposición, este producto fue prohibido por Anmat "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República".
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La medida se tomó luego de comprobar que el producto en cuestión carece de autorización de establecimiento y de producto, y se encuentra falsamente rotulado al consignar en su rotulo números de registro inexistentes. "Resulta ser en consecuencia un producto ilegal", concluye la Anmat.
"El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71, y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado", por lo que resultaría "ser un producto en consecuencia ilegal".
Además, detallan que, a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir también todos aquellos productos que en sus rótulos indiquen los mismos datos.









