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Afip extendió beneficios para los contribuyentes

30 de noviembre de 2020 a las 12:00 a. m.
Afip extendió beneficios para los contribuyentes
'' Importantes beneficios son los que se extendieron desde la Afip. (LA OPINION)

Desde el organismo dieron a conocer cuáles son los beneficios que fueron prorrogados en el marco de la emergencia sanitaria.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este lunes la prórroga hasta fin de año de distintos beneficios destinados a aliviar el impacto económico de la pandemia de coronavirus sobre los contribuyentes y facilitar trámites en el marco de la emergencia sanitaria.

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La medida de conoció a raíz de las resoluciones generales 4863/2020, 4866/2020, 4867/2020 y 4868/2020 publicadas en el Boletín Oficial. La primera de ellas determinó que los monotributistas no serán dados de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante noviembre. Al mismo tiempo, suspende las exclusiones correspondientes a octubre.

En tanto, la AFIP establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. No obstante, el organismo resolvió que octubre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

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A su vez, otra de las resoluciones generales prorroga la suspensión de los embargos hasta el 31 de diciembre para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro Mipyme. La normativa mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones fiscales.

Además, la tercera resolución determinó que, con el objetivo de facilitar la realización de distintos trámites, se mantiene la obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales hasta el 31 de diciembre. Para utilizarlo, es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

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La normativa también posterga hasta el último día del año, la excepción de registrar los datos biométricos. De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.

Por otro lado, otra resolución de la AFIP extendió también hasta el 31 de diciembre los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la “adhesión temprana” a planes permanentes.

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