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Los concejales de Pergamino, los primeros en la Provincia en sesionar por videoconferencia

10 de abril de 2020 a las 12:00 a. m.
Los concejales de Pergamino, los primeros en la Provincia en sesionar por videoconferencia
'' Los concejales, además del secretario y subsecretario del Concejo, conectados para sesionar. (PRENSA HCD)

El jueves a la tarde se hizo la segunda sesión extraordinaria del año y, ante la imposibilidad de reunirse físicamente para cumplir con las medidas de aislamiento, se dispuso hacerlo de manera virtual. Se aprobaron varios expedientes.


La segunda sesión extraordinaria de 2020 del Concejo Deliberante de Pergamino, realizada este jueves por la tarde, se llevó a cabo de manera virtual, a través de viceoconferencia, solo con la presencia en el recinto de la presidenta del cuerpo, Gabriela Taruselli, y de los presidentes de bloque Lisandro Bormioli, Matías Villeta y María de los Angeles Conti; mientras que los 16 ediles restantes se encontraban en sus hogares conectados a través de sus dispositivos electrónicos.

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En primer término se aprobó por unanimidad la declaración de urgencia e interés público para dar tratamiento al tratamiento de los expedientes ingresados; así como la autorización para sesionar de manera virtual.

Respecto a los expedientes ingresados por el Departamento Ejecutivo se aprobó por unanimidad la Emergencia Pública de Salud en el marco de la pandemia por Covid-19 y el convenio que firmó el Municipio con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. En tanto pasó a la Comisión de Presupuesto y Cuentas la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2019 elevada por el intendente y otro expediente referido a la compensación de saldos excedidos.

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La presidenta del Concejo, Gabriela Taruselli, dirigiendo la sesión desde el estrado y con la atención en la pantalla. (PRENSA HCD)

Proyectos de los Concejales

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De los ocho expedientes presentados, cuatro de ellos fueron tratados sobre tablas.

En este sentido, el Concejo aprobó un proyecto que unifica dos expedientes, uno presentado por el Interbloque Frente de Todos y el otro por el Bloque Juntos por el Cambio referido a beneficios impositivos de tasas municipales. Con el cuerpo en comisión se elaboró un único despacho al respecto. (Ver más abajo)

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Por otro lado se aprobó por unanimidad un proyecto de Resolución del Interbloque Frente de Todos sobre la realización de una campaña de difusión y asesoramiento para la contención y ayuda en casos de violencia de género, y uno de Comunicación referido al congelamiento de alquileres y prórrogas de contratos.

El proyecto de Ordenanza del Interbloque Frente de Todos, sobre reducción voluntaria del salario de subsecretarios y directores políticos en el marco de la Emergencia Pública , fue girado a la Comisión de Hacienda y Gobierno II; así como también el proyecto de Comunicación de los concejales Victoria Martínez White y Diego Basanta solicitando al Banco de la Provincia de Buenos Aires habilitar préstamos especiales para las Pymes que fue derivado a la Comisión de Actividades Económicas.

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Los proyectos de Resolución del Interbloque Frente de Todos, la solicitud al Departamento Ejecutivo para implementar un dispositivo de control de precios, se giró a la Comisión de Actividades Económicas; y la solicitud también al Ejecutivo para asignar por única vez un bono compensatorio a los trabajadores que desarrollan su tarea en el contexto de la emergencia sanitaria, pasó a las Comisiones de Presupuesto y Cuentas, y Hacienda y Gobierno II.

Matías Villeta, Lisandro Bormioli y María de los Angeles Conti, sentados en sus bancas como presidentes de bloque. (PRENSA HCD)

Por último, y antes que la Concejal María de los Angeles Conti arriara la Bandera Argentina, para dar por finalizada la sesión, el presidente del bloque Juntos por el cambio, Matías Villeta , agradeció al personal del Concejo por el trabajo técnico para realizar la sesión en la plataforma virtual y al personal sanitario de todas las instituciones de salud de Pergamino.

Cabe destacar que es el primer concejo deliberante de la Provincia de Buenos Aires que realiza una sesión en este formato tecnológico.

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Ordenanza

Beneficios Impositivos en Pergamino

ARTICULO 1°: Exímase del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo del corriente año, a los contribuyentes enunciados en el Artículo 2º de la presente.

ARTICULO 2°. Beneficiarios: Serán beneficiarios de la presente exención aquellos contribuyentes de la Tasa de Seguridad e Higiene, que, habiendo realizado la liquidación mensual correspondiente de ingresos brutos atribuibles al Partido de Pergamino, calculados en base a la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2020, la misma arroje un importe a abonar de la Tasa de Seguridad e Higiene igual o inferior a $ 1.500 (mil quinientos pesos). Serán beneficiarios además las Clínicas y/o Sanatorios privados del Partido de Pergamino, que se encuentren afectados a la asistencia de pacientes con sospecha o confirmación de Covid-19, en unidades de cuidados intensivos, independientemente de los montos que establezca la liquidación efectuada.

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ARTICULO 3°. Plazo: El plazo para la presentación de la declaración jurada de ingresos será el que reglamente el Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 4°: La liquidación efectuada por el contribuyente para los períodos señalados en el Artículo 1° adquieren el carácter de declaración jurada y el Departamento Ejecutivo se reserva la facultad de fiscalización correspondiente.

ARTICULO 5°:Facultase al Departamento Ejecutivo a no aplicar los Recargos Moratorios del inciso a) Artículo 37 de la Ordenanza Fiscal, de los vencimientos que operaron desde el 20 de marzo hasta los que operaran con fecha 30 de junio de 2020. Infórmese a este cuerpo deliberativo el plan de readecuación previsto para los pagos a realizarse fuera de los vencimientos preestablecidos.

ARTICULO 6°:Facultase al Departamento Ejecutivo a no aplicar la actualización del monto pactado para todo compromiso de origen municipal y no tributario, cuyo vencimiento para el pago opere entre el 20 de marzo y 30 de junio de 2020 a excepción de aquella establecida por Decreto Nacional 320/20 sin que esto medie incumplimiento contractual.

ARTICULO 7°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a prorrogar los plazosy/o períodos indicados en los Artículos 1°, 5° y 6°.

ARTICULO 8°: El Departamento Ejecutivo dictará la reglamentación interna de la presente ordenanza.

ARTICULO 9°: Los vistos y considerandos son parte de la presente ordenanza.

ARTICULO 10°: De forma.

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