Revocaron la prisión domiciliaria a Milagro Sala

La defensa de la dirigente anunció que presentará el próximo lunes un recurso de apelación y advirtió que el traslado al penal de Alto Comedero no debe hacerse efectivo puesto que la medida tiene efecto suspensivo.
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BUENOS AIRES (NA) - La Cámara de Apelaciones de Jujuy revocó el beneficio de la prisión domiciliaria para la líder de la Tupac Amaru, Milagro Sala, y ordenó su inmediato traslado de regreso al penal de Alto Comedero.
La defensa de la dirigente anunció que presentará el próximo lunes un recurso de apelación y advirtió que el traslado “no debe hacerse efectivo” puesto que la medida tiene “efecto suspensivo”.
La líder de la Tupac Amaru permanecía al cierre de esta edición en el inmueble del barrio El Carmen y fuentes de su entorno señalaron que Sala preveía que “en cualquier momento” las fuerzas de seguridad la podrían llevar nuevamente al penal, a pesar de las instancias de apelación pendientes.
La Cámara de Apelaciones de Jujuy notificó a la defensa de la resolución según la cual “revoca in totum la prisión domiciliaria” dictada por los jueces Gastón Mercau y Pablo Pullen Llermanos y dispone el reingreso a la Unidad 3 del Servicio Penitenciario de Alto Comedero, aunque aún no se conocían los fundamentos.
La decisión del Tribunal, firmada por los jueces Néstor Hugo Paolini, Gloria María Mercedes del Portal y Emilio Carlos Cattan, fue de inmediato notificada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh), organismo que había recomendado la prisión domiciliaria para la dirigente.
Defensa
La defensa, por su parte, informó que “no se debería hacer efectivo el traslado en virtud de que los abogados recurrirán la medida que, según el artículo 443 del Código Procesal Penal, prevé que la interposición de un recurso suspenderá la ejecución de la decisión impugnada”.
“De hacerse efectiva la misma, el Estado nacional estaría incumpliendo con los tratados internacionales suscriptos con rango constitucional, lo que acarrearía sanciones para el país”, advirtieron los abogados en un comunicado.
Allí señalaron además que, según el artículo 165 del Código Procesal Penal de Jujuy, “los actos procesales deben cumplirse en días y horas hábiles” y que “en caso de necesidad, el tribunal podrá habilitarlos”, pero en la resolución emitida, no se establece una habilitación especial a tal fin.
“Hacemos responsable al Estado Nacional por el incumplimiento de la medida cautelar dictada el 27 de julio por la Cidh”, señaló la Tupac Amaru en un comunicado.
Sala había comenzado a cumplir prisión preventiva domiciliaria el pasado 31 de agosto, cuando fue trasladada a su vivienda del barrio El Carmen, en las afueras de la capital de Jujuy, en cumplimiento con la resolución de la Cidh, cuestionada por el Gobierno provincial del radical Gerardo Morales.
La medida había sido dispuesta por el juez de instrucción Pablo Pullén Llermanos, luego de que el inmueble ubicado en loteo Villa Parque La Ciénaga fuera acondicionado con importantes medidas de seguridad, cuestionadas por “innecesarias” por la defensa de la dirigente.
El inmueble, ubicado a 40 kilómetros de San Salvador de Jujuy, había sido saqueado luego de su detención en enero de 2016, por lo que cooperativistas desempleados de la Tupac Amaru aceleraron los trabajos para poner a punto la vivienda.
La decisión había sido adoptada en cumplimiento de la resolución de la Cidh, órgano de la Organización de los Estados Americanos (OEA) creado para promover la defensa de los derechos humanos, que aconsejó medidas alternativas a su detención en el penal de mujeres de Alto Comedero, donde se encontraba alojada desde enero de 2016 y donde había denunciado que estaba en riesgo su vida.
En la propiedad de El Carmen, Sala estaba siendo monitoreada no sólo a través de el sistema de videovigilancia sino que además portaba dos tobilleras electrónicas y efectivos de Gendarmería custodiaban los accesos y el perímetro del predio.














