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Postergaron el vencimiento de las tasas municipales

06 de abril de 2020 a las 12:00 a. m.
Postergaron el vencimiento de las tasas municipales
'' El decreto del Ejecutivo Municipal fue dado a conocer en la tarde de este lunes. (ARCHIVO LA OPINION)

A través de un decreto del Ejecutivo local se prorrogó el plazo para abonar la cuota correspondiente a abril de Servicios Sanitarios, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Alumbrado Público. La nueva fecha es el 24 de este mes, 11 días después de lo previsto originalmente.


El Ejecutivo Municipal instrumentó este lunes a través de un decreto la prórroga de los vencimientos de las tasas municipales en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus. La medida posterga el plazo para abonar la cuota 4 de 2020 de las tasas de Servicios Sanitarios, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Alumbrado Público (facturación no incluida en las facturas de energía y Delegación Acevedo). De esta manera se estableció que el vencimiento será el 24 de este mes, 11 días después del previsto originalmente. A continuación los artículos del Decreto:

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Artículo 1: Prorróguese la fecha de vencimiento de la cuota 04/2020 no abonada, de la tasa de Servicios Sanitarios con fecha de vencimiento original día 13/04/2020, para el día 24/04/2020. En el caso de que la institución bancaria no pueda realizar la reversión de las operaciones de débito automático, ordenadas por envío efectuado con fecha 16/03/2020 para debitar con fecha original de pago y trasladar para la fecha 24/04/2020, queda la posibilidad que el contribuyente realice un stop debit de la cuota en su banco, y luego abone por las bocas de pago habilitadas en forma presencial, o los medios electrónicos de pago.

Artículo 2: Dispónese la prórroga de la cuota 04/2020 no abonada, de la tasa de Limpieza y Conservación de la Vía Pública y de la tasa de Alumbrado Público (facturación no incluida en las facturas de energía y Delegación Acevedo) con fecha original de pago día 13/04/2020, para el día 24/04/2020. Esta prórroga no opera de oficio, es a opción del contribuyente para lo cual deberá ingresar en la web de la Municipalidad de Pergamino www.pergamino.gob.ar/ o directamente en https://vppergamino.pergamino.gob.ar/, y liquidar la cuota con la nueva fecha para poder abonar por las opciones de pago presencial habilitadas, o medios electrónicos de pago, en su defecto, con la boleta impresa y distribuida por el Municipio con fecha fin de febrero y principios de marzo solicitar en oficina de Atención al Contribuyente calle Florida 831 su reimpresión o directamente sin solicitar reimpresión presentarse para abonarla en la Tesorería Municipal, Palacio Municipal (Florida 629). En el caso de contribuyentes adheridos al débito automático, podrán realizar un stop debit de la cuota en su banco, para luego ejercer las opciones descriptas.

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Artículo 3: Dispónese prorrogar toda imposición tributaria (excluida la tasa de Seguridad e Higiene cuota 02/2020 cuya prórroga es hasta el día 17/04/2020 y las dispuestas en los artículos precedentes), cuyo vencimiento original haya operado entre los días 20 de marzo de 2020 y 12 de abril de 2020. Esta prórroga es hasta el 24 de abril de 2020 y deberá ser ejercida por el contribuyente, para lo cual deberá ingresar en la web de la Municipalidad de Pergamino www.pergamino.gob.ar/ o directamente en https://vppergamino.pergamino.gob.ar/, y liquidar la cuota con la nueva fecha pudiendo abonar por las opciones de pago presenciales habilitadas, medios electrónicos de pago o con la boleta impresa que tiene en su poder directamente en la Tesorería Municipal Palacio Municipal (Florida 629).

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