Más de 11.000 hoteles, cines, gimnasios y jardines maternales bonaerenses quedan eximidos del impuesto inmobiliario
La agencia de recaudación bonaerense Arba instrumentó este jueves la exención de oficio en el Impuesto Inmobiliario sobre 11.300 inmuebles. Allí funcionan hoteles, hospedajes, salones de fiestas, parques de diversiones, cines, discotecas, gimnasios, guarderías y jardines maternales que vieron afectada su actividad por la pandemia. La medida representa una ayuda...
La agencia de recaudación bonaerense Arba instrumentó este jueves la exención de oficio en el Impuesto Inmobiliario sobre 11.300 inmuebles.
Allí funcionan hoteles, hospedajes, salones de fiestas, parques de diversiones, cines, discotecas, gimnasios, guarderías y jardines maternales que vieron afectada su actividad por la pandemia.
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La medida representa una ayuda fiscal de $700 millones que beneficia en forma directa a contribuyentes que trabajan en el sector del turismo y el entretenimiento, indicó el organismo.
La iniciativa dispone la extinción de deudas del Impuesto Inmobiliario (en su componente Básico y Complementario), incluyendo intereses y multas, generadas entre marzo de 2020 y septiembre de 2021.
En el caso de las cuotas que ya hayan sido pagadas, la norma establece, para quienes sean propietarias o propietarios de los inmuebles, un crédito fiscal que podrán utilizar para compensar el pago de otras obligaciones.
Las 11.300 partidas inmobiliarias eximidas son propiedad de 4.300 contribuyentes que, en función del nomenclador de actividades de Ingresos Brutos, trabajan en servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales.
También en camping, exhibición de filmes y videocintas, alquiler y explotación de inmuebles para fiestas y eventos, guarderías y jardines maternales, acondicionamiento físico, parques temáticos y de diversiones, y salones de baile y discotecas.
La exención también aplicará cuando se trate de inmuebles alquilados o cedidos por el contribuyente del impuesto Inmobiliario para que sean utilizados en servicios de hotelería, hospedaje temporal o camping.
El beneficio se otorgará si se acredita que la persona que alquila era efectivamente quien se hacía cargo de pagar el impuesto. (NA)













