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La Provincia inició un proceso de reflexión sobre la Ley de Salud Mental

08 de noviembre de 2016 a las 12:00 a. m.
La Provincia inició un proceso de reflexión sobre la Ley de Salud Mental
'' El ciclo de charlas comprometió a dos poderes el Estado en torno a la ley. (MINISTERIO DE SALUD)

El Ministerio de Salud junto a la Corte Suprema de Justicia bonaerense inició un ciclo de jornadas orientadas a intercambiar inquietudes sobre la normativa en este campo del hacer sanitario. Generaron un espacio para analizar la aplicación en ámbitos del Poder Judicial.

DE LA REDACCION. El Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, junto a la Suprema Corte de Justicia bonaerense, organizó un ciclo de jornadas de reflexión e intercambio sobre la Ley de Salud Mental. Durante el mes pasado, equipos técnicos de ambas carteras provinciales generaron un espacio para analizar las aplicaciones de la Ley Nº 22.657 en diferentes ámbitos del Poder Judicial.

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Esta actividad fue organizada por la Subsecretaría de Determinantes Sociales y el Area de Psicología de la Dirección General de Sanidad. En cada encuentro reunió a más de 120 personas, algunas en la sede del Instituto de Estudios Judiciales de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires y otras conectadas por un sistema de videoconferencia en cada Departamento Judicial.

Pablo Herrera, director provincial de Salud Mental y Adicciones del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires estuvo en la inauguración del ciclo y destacó el valor de la iniciativa en la que se discutieron de manera integral las implicancias de la ley, al tiempo que se compartieron “experiencias en prevención y promoción de la salud”.

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En cada encuentro, integrantes del equipo de Docencia e Investigación de la Subsecretaría de Determinantes Sociales de la Salud y la Enfermedad Física, Mental y de las Adicciones, coordinaron las clases. Esta actividad no arancelada se estructuró en bloques temáticos alrededor de la Ley de Salud Mental Nº 26.657 y la normativa de adhesión provincial Nº 14.580, los conceptos de “uso problemático de sustancias” y “desmanicomialización”, “prevención” y “promoción” de la salud.

También se debatió acerca de las representaciones sociales sobre el uso problemático de sustancias, y sobre la importancia de conformar redes comunitarias para el abordaje intersectorial e integral. Mientras que en el último encuentro los temas tratados fueron “Neurofisiología del consumo problemático de sustancias; Trastornos inducidos por sustancias y Concepto de intoxicación y abstinencia”.

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Por la necesaria articulación

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El desarrollo de este tipo de iniciativas venía siendo reclamado por distintos actores tanto del sistema sanitario como judicial por cuanto en la implementación de la Ley de Salud Mental se requiere de una articulación entre Salud y Justicia que muchas veces encuentra dificultades en la práctica real. Son diversos los servicios de Salud Mental que manifiestan su preocupación por diversos aspectos vinculados al proceso de instrumentación de la normativa que requieren de un funcionamiento más aceitado con el Poder Judicial a efectos de hacer real el concepto de integración que plantea el texto de la ley y considera la internación de la persona con padecimiento mental como último recurso.

La Ley de Salud Mental supone un cambio de paradigma en el modo de abordaje de las cuestiones vinculadas al padecimiento mental y supone un proceso que debe ir acompañado no solo de procesos de capacitación sino de recursos y de un mecanismo aceitado que facilite la interacción de todos los actores involucrados en la asistencia de pacientes.

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La ley

La Ley de Salud Mental se sancionó en 2010 bajo el argumento de asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se encuentran en el territorio nacional, reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos, con jerarquía constitucional. En el texto de la ley  se reconoce a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implican una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona y su sanción supuso un cambio de paradigma que en estos años encontró varios obstáculos para su puesta en marcha en forma efectiva. 

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