El Ministerio Público de Jujuy envió a la Cidh un informe de los cargos contra Milagro Sala

La presentación se da luego de que el organismo solicitara al Estado argentino que le dé pronta respuesta al dictamen del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de las Naciones Unidas, que pidió en octubre último su inmediata liberación.
Buenos Aires, (NA) - El Ministerio Público de la Acusación de Jujuy envió un informe a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) en el que detalla los cargos por los que la líder de la Tupac Amaru, Milagro Sala, y se centra en las acusaciones por extorsión y fraude a la administración pública.
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Según se informó, el Ministerio Público de Jujuy se centró en el expediente P-129.652/16, en el que se investiga a la dirigente kirchnerista -detenida desde enero pasado- como presunta jefa de una asociación ilícita, coautora de extorsión y fraude contra la administración pública.
La presentación ante la Cidh se da luego de que el organismo solicitara al Estado argentino que le dé pronta respuesta al dictamen del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de las Naciones Unidas, que pidió en octubre último la inmediata liberación de Sala.
El informe del Ministerio Público jujeño indica que en base a las denuncias de nueve cooperativistas de la Red de Organizaciones Sociales se descubrió un modus operandi utilizado por Milagro Sala y un grupo de colaboradores cercanos para absorber fondos destinados a la construcción de viviendas y mejoramientos habitacionales, que luego fueron asignados a fines por el momento desconocidos.
La acusación contra Sala que describe el informe es que la líder de la Tupac Amaru utilizaba métodos extorsivos para que los cooperativistas emitan las facturas y luego los despojaban de los cheques, que entregaban endosados, lo que permitía su posterior cobro.
En este sentido, se argumenta que para la Justicia jujeña Milagro Sala habría instalado un sistema para apoderarse de modo ilegítimo y violento de fondos públicos para viviendas y que existe la plena prueba de la existencia de los hechos y la semiplena prueba de la culpabilidad de la señora Sala en la participación de los mismos.
El informe indica que la detención de Sala cumple con todos los requisitos previstos por los estándares internacionales respecto del encarcelamiento preventivo.
Al respecto, subraya que las observaciones respecto al tiempo de detención de la señora Sala sin que se hubiera dictado su prisión preventiva no determinan, como pretenden señalar los peticionantes -ante el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria-, una situación de vulneración de derechos, en sí misma.










