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Tarifa social para el cable, internet y telefonía: todo lo que hay que saber

19 de enero de 2021 a las 12:00 a. m.
Tarifa social para el cable, internet y telefonía: todo lo que hay que saber
'' La propuesta ofrece para la telefonía fija planes de 150 pesos y, para la móvil, opciones de hasta menos de 400 pesos. (DEFENSORIA DEL PUEBLO BONAERENSE)

Se trata de la Prestación Básica Universal Obligatoria (PBU) que el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó a partir de enero de 2021, que apunta a los sectores de menores recursos.


La Defensoría del Pueblo bonaerense informó sobre las características de la tarifa social para los servicios de cable, internet y telefonía fija y móvil, quiénes pueden acceder a este programa y cómo los y las usuarios y usuarias deben solicitar este beneficio.

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Se trata de la Prestación Básica Universal Obligatoria (PBU) que el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) autorizó a partir de enero de 2021, que apunta a los sectores de menores recursos, al considerar el acceso a las Tecnologías de la información y la comunicación (TIC) como un servicio público esencial.

La propuesta ofrece para la telefonía fija planes de 150 pesos y, para la móvil, opciones de hasta menos de 400 pesos. En el caso de internet, paquetes de hasta 700 pesos y, para el cable, descuentos de hasta 30 por ciento sobre el plan de menor valor ofertado al 31 de julio de 2020.

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¿Quiénes pueden solicitarlo?

El área de Consumidores del organismo que conduce Guido Lorenzino explicó que quienes pueden recibir estos programas son:

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*Los beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo. También, los de Pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos salarios mínimos vitales y móviles.

*Los usuarios del Régimen de Monotributo Social, jubilados y jubiladas, pensionados y pensionadas, y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos vitales y móviles.

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*Monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos salarios mínimos vitales y móviles, además de usuarios y usuarias que perciban seguro de desempleo.

*Los usuarios y usuarias incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) y quienes perciban una beca del programa Progresar.

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*Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, beneficiarios de programas sociales.

*Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley N° 27.098.

¿Cómo pedirlo?

En primer lugar, las empresas prestadoras deberán implementar un sistema ágil y sencillo para ofrecer los beneficios de las Prestaciones Básicas Universales y Obligatorias. Para solicitar la PBU hay que hacer una declaración jurada que Enacom puso a disposición en https://www.enacom.gob.ar/declaracion-jurada-prestacion-basica-universal_p4798 

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Este documento hay que completarlo y enviarlo a su prestador, quien deberá aceptarlo como medio de acreditación.

Si la empresa no garantiza la prestación de la PBU, los solicitantes deberán iniciar el reclamo frente a la prestadora. Si persiste el incumplimiento, los beneficiarios podrán enviar el formulario https://formularioenacom.gob.ar/formulario.html  , el cual no reviste carácter de trámite o reclamo oficial, sino de declaración informativa ante Enacom para el seguimiento de la solicitud.

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