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Rendición de Cuentas, mitos y verdades

29 de mayo de 2016 a las 12:00 a. m.

Mañana se tratará en el Concejo Deliberante uno de los dos expedientes más importantes de cada período: la Rendición de Cuentas del año anterior. Junto a la Ordenanza de Presupuesto anual que se pone a consideración en diciembre, son los que generan el mayor grado de participación de los concejales en la función del Departamento Ejecutivo. Si bien lo de mañana refiere a una cuestión más técnica del uso de los recursos (correcta imputación contable, detección de facturas apócrifas entre otras cuestiones), es habitual que se lo analice con una mirada política, poniendo el ojo también en la discrecionalidad con que el Ejecutivo hizo uso de los dineros.

La tarea de control que debe ejercer el cuerpo deliberativo es inherente a la función y lo ideal es que a la hora de poner la lupa en las cuentas públicas no sea el corazón político partidario el que dicte las resoluciones, sino el interés general que debe primar siempre cuando se ejerce un cargo representativo y en cualquier organismo público.

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Como tantas otras cuestiones en nuestro país, los concejales como los diputados o los senadores, normalmente responden a sus signos políticos, de modo que a la hora de aprobar un presupuesto o una rendición de cuentas, el interés sectorial está presente.

Es cierto también que naturalmente quienes abrevan en distintos partidos políticos tienen distintas miradas respecto de la aplicación del gasto y esto debe ser entendido en el mejor de los sentidos. Ya que cuando las críticas se ejercen desde la buena voluntad no queda mejor camino que aceptarlas si son congruentes con la realidad.

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Cuando se trata una rendición de cuentas, en este caso en Pergamino pero lo que afirmamos es aplicable a cualquier otro distrito, lo primero a analizar es la transparencia de la gestión, esta es la condición básica para aprobar el expediente. Es impensable que si se encuentran hechos de corrupción se vote favorablemente una rendición.

Pero la segunda cuestión es más bien opinable: se trata de las objeciones que hacen los concejales en cuanto al destino de los gastos. En este caso, una vez que se despejaron dudas respecto de la claridad de los números, la mirada se posa en el modo de aplicar los fondos de parte de cada intendente. Y es allí donde lo legal puede ir reñido con lo legítimo.

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Esta es la cuestión que más se debate, porque las distintas miradas políticas se cruzan: para unos la inversión debe ser mayor en salud, para otros en obra pública. Son puntos de vista, a veces acertados y otras veces interesados, y aquí volvemos a la buena fe de quien ejerce la crítica.

Los últimos años en las rendiciones de cuentas que se le efectuaron a Héctor Gutiérrez o a Omar Pacini (que es la que se analizará mañana) la oposición hacía hincapié en cierta deformidad comunal respecto a los gastos y las inversiones. Los primeros eran muy pesados y quedaba poco en la saca para las segundas.

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La realidad indica que en este punto no les faltaba razón, el problema es que la ciudadanía le da a un dirigente la potestad de ser intendente y este como tal aplica el gasto en función de su propuesta de gobierno, la que fue votada por la mayoría de los ciudadanos, y que naturalmente no suele coincidir con la visión de la oposición. Y asimismo la problemática de la estructura municipal deformada es una tarea que ninguna administración, radical o peronista, ha decidido modificar porque los costos políticos de esta labor son altos y aunque en la oposición lo resaltan en el oficialismo no lo toman como necesario. Cosas de la política.

Puestas así las cosas, hay un asunto insoslayable en esta cuestión de las rendiciones de cuentas: el Concejo Deliberante puede aprobar o rechazar la rendición, pero es el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires la que, en un análisis desapasionado, técnico y fuera de toda postura política, le da la puntada final a la tarea y es la que tiene el poder de penalizar, si hiciese falta, a los jefes comunales por deficiencias en la aplicación del gasto.

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El Tribunal de Cuentas, por ser un órgano de control administrativo con funciones jurisdiccionales, por definición, es el encargado de examinar las cuentas e inversión de las rentas públicas, tanto provinciales como municipales.

Incluso en los últimos años se atienden las cuentas municipales in situ es decir que vienen los inspectores a las comunas con cierta periodicidad para corregir sobre la marcha los problemas que surjan en la aplicación del gasto. De este modo, cuando se llega a la rendición de cuentas, el panorama nunca será devastador.

Y ahora vamos a lo importante, el Tribunal a través de sus sentencias, es la única autoridad que puede aprobar o desaprobar definitivamente las cuentas rendidas por los jefes comunales y frente a la desobediencia a sus resoluciones, puede aplicar diferentes tipos de sanciones.

Este amplio poder se lo otorga la Constitución de la Provincia y la Ley Orgánica de las Municipalidades. En función de estos soportes legales, puede sancionar, situación que ha sucedido en distintas administraciones de nuestra ciudad tanto a intendentes como a titulares del Concejo Deliberante, a quienes se ha multado y han debido pagar sin más.

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Las penalidades van desde los llamados de atención, pasando por las amonestaciones hasta aplicar cargos pecuniarios, en este caso un importe igual a los valores sometidos a juicio o directamente multas.

Cuando el Tribunal aplica un cargo a un jefe comunal o a un representante del Departamento Deliberativo, el mismo se debe pagar del bolsillo, es decir el intendente y los funcionarios del área que hayan firmado el gasto cuestionado y lo mismo los ediles acompañando al presidente del Concejo, si es que han apoyado con su voto la decisión puesta bajo la lupa, deben afrontar el pago aplicado por el Tribunal de Cuentas.

Es interesante destacar que en un país donde tantas veces protestamos por el mal funcionamiento de las instituciones, debamos reconocer que el Tribunal de Cuentas -al menos en lo que hace a los municipios que es lo que podemos observar en forma directa- actúa sin prejuicios políticos, pero con rigor.

De modo que si bien el tratamiento en el Concejo Deliberante es un paso obligado y necesario para una Rendición de Cuentas, la revisión final y las penalidades están en manos de un organismo como el Tribunal de Cuentas, ya que es allí donde el proceso se decanta en forma definitiva. En función de ello, lo que mañana se debata -de no mediar el hallazgo de algún delito económico- quedará para alimentar el mundo de nuestra política vernáculo.

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