La Justicia vuelve a frenar los aumentos en las tarifas de electricidad en la provincia

La medida fue dispuesta en las últimas horas por el juez administrativo Luis Federico Arias de La Plata y además determinó que no sean afectados los usuarios beneficiarios de la tarifa social, los electrodependientes, ni las entidades de bien público.
Las mas leidas de Región
Tres jóvenes de Villa Ramallo están en Miami para seguir a la Scaloneta en el Mundial 2026

Compre sin IVA: desde el lunes entra en vigencia para trabajadores informales

Christian Petersen eligió su campo de San Pedro para continuar con su recuperación

Preocupación en Villa Ramallo por una jauría de perros que pone en riesgo a vecinos y mascotas

San Pedro: estudiantes de la Secundaria N° 5 participaron de un taller de prevención de violencias

La Plata, (NA) - El juez en lo Contencioso Administrativo número 1 de La Plata Luis Arias volvió a ponerle freno al aumento de la tarifa de luz, de entre el 58 y el 100 por ciento, dispuesto por el gobierno provincial. Al hacer lugar la medida cautelar solicitada por el Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, la Justicia ordenó que quede sin efecto el nuevo cuadro tarifario de la luz autorizado por el Gobierno provincial.
La medida fue dispuesta en las últimas horas por el juez administrativo Luis Federico Arias, el mismo que había dictado la pre cautelar que había frenado por primera vez el incremento.
A esa medida la Cámara de ese fuero dejó sin efecto, tras lo cual, ahora, Arias dictó una cautelar por lo que los aumentos quedaron nuevamente suspendidos.
Se trata de una decisión que exige se dé marcha atrás con la resolución 419/17 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos que convalidó los aumentos.
De esta forma, deberán retrotraerse los valores del servicio eléctrico que cobran Edelap, Eden, Edes y Edea, y los valores del cuadro tarifario de referencia del Area Atlántica, Norte y Sur.
Además, la medida determinó que no sean afectados los usuarios beneficiarios de la tarifa social, los electrodependientes, ni las entidades de bien público.
El incremento tarifario aparece contrario a los derechos constitucionales de “protección de los intereses económicos de los usuarios”, indica la resolución.
“La presente medida se adopta para no frustrar el cumplimiento de una eventual sentencia que obligue a la devolución de los importes percibidos por las empresas y cooperativas, como consecuencia de una Resolución que puede ser declarada ilegal”, argumenta.
Según el magistrado, con el incremento “aparece comprometido el principio de proporcionalidad y progresividad en la determinación de las tarifas”.
“La decisión de la Justicia confirma una vez más nuestra postura de que es necesario que las tarifas sean razonables y que no golpeen al bolsillo de los usuarios”, afirmó Lorenzino.
Agregó que “la Defensoría está al servicio de los consumidores para ayudarlos a que tengan prestaciones de calidad y a valores que puedan pagar”.












