El Gobierno postergó por decreto la aplicación del nuevo Código Procesal Penal

Entre los considerandos que fundamentan la decisión, el texto precisa que en virtud de la magnitud de la tarea aún pendiente no se encuentran reunidas las condiciones básicas para asegurar la implementación proyectada en el plazo oportunamente establecido.
Buenos Aires, (Telam) - La aplicación del Código Procesal Penal de la Nación (CPP), cuya entrada en vigencia estaba prevista para el 1° de marzo próximo, fue suspendida por decreto de necesidad y urgencia (DNU), firmado por el presidente Mauricio Macri y todos sus ministros, según publicó ayer el Boletín Oficial.
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La suspensión, que implica la modificación de varios artículos de la Ley 27.063, entrará en vigencia de acuerdo con el cronograma de implementación progresiva que establezca la comisión bicameral de monitoreo e implementación del nuevo Código Procesal Penal que funciona en el ámbito del Congreso de la Nación, previa consulta con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Consejo de la Magistratura, según consigna el artículo 1° del DNU.
Entre los considerandos que fundamentan la decisión, el texto precisa que en virtud de la magnitud de la tarea aún pendiente, la cual ha sido advertida por la comisión bicameral de monitoreo e implementación y por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, no se encuentran reunidas las condiciones básicas para asegurar la implementación proyectada en el plazo oportunamente establecido.
En consecuencia, tal implementación en las actuales condiciones pondría en grave riesgo la correcta administración de justicia, añade.
En otro de sus artículos, el decreto indica que se establecerá un plan progresivo de asignación de recursos para el Ministerio Público Fiscal que estará integrado por representantes de esa cartera, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, de la comisión de presupuesto y hacienda de la Cámara de Diputados, de la comisión bicameral de monitoreo e implementación del nuevo código y por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
De la misma manera, en el artículo 65 se indica que será convocada una comisión técnica a los efectos de establecer un plan progresivo de asignación de recursos para el Ministerio Público de la Defensa de la Nación.
El artículo 7° establece que el jefe de Gabinete de Ministros queda facultado a partir de ayer para efectuar las reestructuraciones presupuestarias que resulten necesarias, en cumplimiento del artículo 37 de la Ley 24.156.












