El Gobierno estableció el modo en que las prepagas tendrán que informar los aumentos a sus clientes
La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) estableció que las prepagas deberán detallar los conceptos facturados en las cuotas a sus afiliados. Además, las entidades de medicina privada deberán informar, tanto al Gobierno como a los clientes, los ajustes dentro de los 5 días posteriores a la publicación de la...
La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) estableció que las prepagas deberán detallar los conceptos facturados en las cuotas a sus afiliados. Además, las entidades de medicina privada deberán informar, tanto al Gobierno como a los clientes, los ajustes dentro de los 5 días posteriores a la publicación de la inflación.
Las empresas tendrán la responsabilidad de informar a la SSS de sus aumentos- que desde julio se ajustan libremente- especificando los criterios utilizados para cada zona o región, así como la existencia o no de sistemas de copagos.
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Todas las pautas fueron publicadas en la Resolución N° 2.155 publicada este martes en el Boletín Oficial. "Es necesario establecer estándares mínimos de información que deben proporcionarse a los usuarios para garantizar la uniformidad y claridad en la comunicación de los costos asociados a los servicios de salud, lo que contribuirá a un mercado más ordenado", establece la norma.
Las actualizaciones en las cuotas tendrán que ser informadas a la SSS dentro de los 5 días posteriores a la publicación del último dato del Índice de precios al Consumidor (IPC) que mide elInstituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Así, las empresas de medicina privada deberán proporcionar un desglose que incluya desde el costo base del plan contratado hasta los ajustes por factores de riesgo.
Además, la Resolución indica que los aumentos en las cuotas de los planes de cobertura ofrecidos por las prepagas podrán "aplicarse de manera variable, conforme las condiciones del plan (con o sin copagos) y en las regiones o zonas en las que se brinda la atención médico asistencial".
¿Qué datos deben informar las prepagas?
En su Resolución, el Gobierno estableció que las entidades deberán proporcionar a sus afiliados un desglose detallado de los conceptos incluidos en las cuotas que facturan mensualmente, cumpliendo con los siguientes requisitos:
Costo base del plan contratado
Costos adicionales por coberturas específicas
Ajustes por edad o factores de riesgo.
Aportes, cotizaciones y/o cápitas recibidos.
Impuestos y/o tasas aplicadas.
El desglose deberá presentarse de manera clara y comprensible, utilizando un lenguaje sencillo y evitando tecnicismos innecesarios. Cualquier cambio en los conceptos facturados deberá ser notificado al afiliado con al menos de treinta (30) días de anticipación, explicando las razones de dicha modificación.
Por último, el titular de la SSS, Gabriel Gonzalo Oriolo, dictó que el incumplimiento de estas disposiciones será considerado una infracción grave y estará sujeta a sanciones.












