Uso medicinal del cannabis: la decisión de abrirle paso a la ciencia
La reglamentación de la Ley N° 27.350 para la Investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados ha despertado muchas expectativas en la comunidad, por cuanto venía siendo un reclamo para muchos usuarios que emplean el aceite de cannabis para tratar patologías complejas- como la epilepsia refractaria en niños- y venían haciéndolo con las dificultades propias de no tener un marco reglado. Lo que había significado la aprobación de la iniciativa en el año 2017 en términos de un logro había perdido impulso por la falta de reglamentación y la realidad de muchos pacientes y sus familias seguía a la deriva, en un gris entre la legalidad y la ilegalidad que no por eso quitaba legitimidad a la aspiración de seguir luchando por lo que consideraban necesario: contar con el marco regulatorio que saldara debates aún abiertos.
En rigor, se amplía su utilización, permite el autocultivo, garantiza la provisión para pacientes, fomenta la investigación y autoriza la producción pública y privada de aceite y otros derivados. Surgió a partir de la construcción de consensos entre las autoridades sanitarias, las sociedades científicas, los organismos públicos involucrados y las organizaciones no gubernamentales.
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En primer lugar la iniciativa de reglamentar la ley constituye un avance muy valioso, debido a que aunque estuviera creada la norma, sin la reglamentación, no se podía promover ni implementar lo que su espíritu proponía. Tampoco poner a disposición de una política de salud, todas las herramientas de la ciencia para seguir generando conocimientos y evidencia científica en torno a la utilidad de esta sustancia. Lo que resulta oportuno destacar es que esta decisión de avanzar en la reglamentación, fue fruto de un trabajo colectivo llevado adelante por infinidad de personas que muchas veces desde lugares anónimos o nucleadas en redes y asociaciones, o ámbitos académicos y científicos, han seguido atentamente el curso de este tema y han reclamado por lo que consideraban necesario para la implementación de una acción que impacta directamente sobre la salud y salda viejas contradicciones dando paso a lo que establece la ley: promover la investigación médica y científica.
De acuerdo al decir de los expertos que vienen trabajando en este tema, la reglamentación aclara no solo cuestiones vinculadas a lo legal y al uso médico, sino que abunda en otros aspectos más intangibles pero esenciales como los vinculados a la investigación científica. En este sentido, el marco vigente pone luz sobre ciertas normas y la operatoria sobre cómo se va a investigar, cómo se obtendrá el material para trabajar y qué cooperaciones institucionales será posible establecer para conocer cuestiones tan sensibles cómo conocer la composición de los productos que se utilicen tanto para la investigación preclínica como clínica. En este punto, esto representa un avance sustancial en el establecimiento de las bases científicas sólidas que el tema requiere y que quedaban en grises que daban lugar a especulaciones de todo tipo.
En relación a los pacientes, se establece que podrán ampliarse las patologías que podrían ser candidatas a ser tratadas con cannabinoides en la medida en que haya un seguimiento médico y el paciente esté anotado en un registro y cuente para ello con las autorizaciones necesarias.
Se trata de un avance que se circunscribe al uso terapéutico de la sustancia, lo que resuelve algunos debates que en el ámbito social se han dado en torno a la posibilidad de que esta fuera la puerta para legalizar el uso recreativo. Ese seguramente será tema de otro debate, nutrido de otros elementos. Lo que se juega acá es la necesidad cierta de familias y pacientes de tener acceso a una terapia que resulte efectiva para el abordaje de problemas de salud complejos. Este medio en reiteradas oportunidades ha registrado historias de vida y testimonios que hablan de la importancia de dotar a este tema de un marco regulatorio apropiado capaz de resolver las desigualdades que generaba el gris de la falta de reglamentación.
De ahora en más, se podrán generar acciones que en el marco de lo contemplado por el Ministerio de Salud de la Nación como autoridad de aplicación, permitan una utilización racional y apropiada a cada dolencia, de productos que deberán contar con estándares de calidad para su uso terapéutico, minimizando el juego de los especuladores de siempre y brindándole a cada ciudadano la posibilidad de acceso de manera equitativa, en un contexto más claro y no tan sujeto a las reglas de un mercado hasta el momento injusto para muchos.
En este sentido, el paso dado en relación a la ley pone sobre la mesa la necesidad de seguir educando a la comunidad en general y a la comunidad médica en particular respecto del uso medicinal del aceite de cannabis y el acompañamiento que resulta necesario a lo largo del tratamiento. Para ello será necesario dejar de lado los prejuicios que aún se tienen respecto de su utilización y abrirle paso a la ciencia para que aporte todas las certezas, en una construcción que será colectiva y se valdrá de las experiencias ricas que son las que han servido de impulso para que el país avanzara en un cambio normativo muy significativo. Que será el primero de muchos otros que doten de legalidad a legítimas necesidades de una comunidad que organizada es la que empuja a sus instituciones hacia las transformaciones necesarias.











