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Miles de pergaminenses se acercaron a regularizar sus deudas al Municipio

08 de diciembre de 2013 a las 12:00 a. m.

DE LA REDACCION. El Municipio informó que miles de vecinos se acercaron para poder acogerse al beneficio del plan de regularización teniendo en cuenta que la prórroga del vencimiento de la primera etapa se mantendrá hasta el trimestre de 2014. Este sistema es para deudas en tasas, derechos, contribución de mejoras y/o resultantes de convenios celebrados con anterioridad, vigentes o caducos o en condiciones de ser prescritos, con descuento total de multa por omisión y descuentos parciales de recargos moratorios según diversas modalidades u opciones tanto para deudas comunes como en gestión judicial. 

El principal beneficio es para quienes cancelen en forma total su deuda en pago contado ya que se les otorga una bonificación del 40 por ciento de descuento en intereses y sigue la opción de que ese valor pueda ser confirmado en un plan de pago con cheques diferidos, en tantos pagos como meses resten para terminar el año.  

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A su vez el plan cuenta con otros beneficios como los plazos de pago: nueve, 18, 24 y 60 cuotas. También se agregó una reprogramación de los planes de pago celebrados con anterioridad y que por algún motivo el contribuyente dejó de pagar algunas cuotas, permitiéndose regularizar esta situación. También las deudas del impuesto automotor municipalizado pueden ingresar en el plan de organización.  

 

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Lugares de pago 

Los interesados en esta moratoria deberán acercarse a las oficinas de la Dirección de Rentas ubicadas en Florida 831, de lunes a viernes en el horario de 7:15 a 13:15; la moratoria también abarca las deudas en gestión judicial y para tal fin la atención se brinda en la oficina de Asesoría Letrada Municipal que funciona en el cuarto piso del Edificio del Correo, Echevarría 707 aunque aquí el descuento en todos los casos es 20 puntos menos que las deudas sin gestión judicial. Mientras que para regularizar las tasas de derechos de Cementerio deberán hacerlo en la administración del mismo.

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Más prórrogas

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En otro orden de cosas, en razón de problemas suscitados en la Web municipal, para la liquidación del tributo, se prorroga hasta este martes el vencimiento de la cuota 10/2013 de la tasa por Seguridad e Higiene, previsto para el pasado viernes 27 de noviembre. Por otra parte se prorrogó hasta el 23 de este mes la fecha de conclusión estipulada en el Decreto Nº 2246/13 del tributo Derechos de Publicidad y Propaganda.

 

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Inscripción 

Desde el Ejecutivo Municipal se recuerda al contribuyente que la inscripción en la tasa de Seguridad e Higiene y complementarias de comercio se realiza en la Oficina División Tasas de Comercio (Florida 831) con la documentación requerida, que es informada en la misma locación al momento de asignarse un número de expediente al trámite”. 

Para tal fin se comunica que la dirección de correo electrónico que utilizará la Oficina de Tasas de Comercio para transmitir las solicitudes de inscripción en la tasa de Seguridad e Higiene y complementarias de comercio es [email protected]. Cabe recordar que en este proceso también interviene la Dirección de Habilitaciones quien deberá realizar en un plazo estipulado las observaciones que considere. De no ocurrir algunas que sugieran suspender el trámite, la División Tasas de Comercio podrá continuar con el proceso de inscripción. 

“En el caso de resolverse por la inscripción, la División queda facultada a emitir y firmar nota por la cual se informará formalmente al contribuyente que se encuentra inscripto en la Tasa de Seguridad e Higiene y que deberá retirar su clave fiscal para operar en la Web”, explicaron.  

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Gravar pantallas

Se promulgó la nueva Ordenanza Nº 7867/13 que contempla correcciones en el artículo 8º de la Ordenanza Fiscal Impositiva para gravar pantallas con Publicidad y Propaganda, una alternativa nueva en nuestra ciudad que aún no estaba contemplada por la ley. 

La normativa fue aprobada por unanimidad en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes realizada semanas atrás luego de ser elevada por la Dirección de Rentas con el fin de incluir a las pantallas electrónicas en el artículo Nº 8 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente, para que sean gravadas con el tributo Publicidad y Propaganda.

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