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El debate y el trabajo deben superar la instancia mendocina

04 de enero de 2020 a las 12:00 a. m.

En los últimos días la reforma  de una ley provincial en Mendoza, la Nº 7.722 que evitaba el uso de contaminantes en la minería, ha sido noticia local, nacional e internacional. Como si se tratara de una película distópica, los terrores de quienes redactaron el artículo 41 de nuestra  Constitución se hicieron ciertos: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”.

Por otro lado, se encuentra la visión de que la matriz productiva mendocina necesita ampliarse a fin de dar soluciones urgentes a la situación económica provincial que, al igual que la nacional, está en un nivel crítico. En este contexto, el desarrollo de la minería toma un atractivo especial para la administración del gobernador a fin de dar respuesta a los problemas de caja y endeudamiento que tiene Mendoza, como la totalidad de las provincias argentinas. Pero en una provincia desértica como la cuyana, la imposición de medidas que pongan en riesgo un recurso vital como es el agua,  difícilmente pueda lograr licencia social para alguna actividad.

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El agua en Mendoza es crónicamente escasa, el funcionamiento de todas las actividades económicas y domésticas exige una gestión integral que considere el agua como recurso único y limitado, que la preserve de la contaminación y asegure su disponibilidad. Así es que, cuando a principios de los años 2000, en pleno auge de la megaminería, se la quiso llevar también a Mendoza, la ciudadanía alertada se informó, organizó y manifestó en contra de esta actividad, que entendía ponía en serio riesgo la disponibilidad del agua. Luego de años de movilización, militancia y trabajo, en 2007 lograron la sanción de la Ley Nº 7.722 para proteger el recurso hídrico de la contaminación con sustancias tóxicas. Es decir que es una ley -la que se pretendió modificar- que sale de las entrañas mismas de la población mendocina.

Desde su publicación en 2007, el sector empresarial y algunas áreas de los sucesivos gobiernos la intentaron derogar, modificar o vetar con diversas estrategias, incluso demandando su inconstitucionalidad. La validez de la ley fue ratificada en 2015 por la Corte Suprema de Justicia de Mendoza. De esta forma, para los mendocinos, la ley siempre estuvo en riesgo, por eso nunca abandonó el alerta y la sociedad estuvo lista para volver a la calle en cuanto se supo de este nuevo intento de modificación por la vía legislativa.

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De las múltiples marchas que se dieron en diciembre no participaron solo las Asambleas por el Agua, los sujetos históricamente movilizados, sino que se sumaron agricultores, pescadores, viñateros, docentes, estudiantes, científicos y familias. Una sociedad entera que exigió que una ley con historia y legitimidad social no sea modificada en una sesión exprés, con la Legislatura vallada y sin participación popular.

Aunque gracias al acuerdo UCR-PJ la ley se aprobó con amplia mayoría en ambas cámaras, a los siete días el gobernador anunció que impulsaría su derogación.

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La presión social en la provincia, sumada a posicionamientos de sectores científicos, organizaciones ambientalistas y una manifestación en la puerta del Ministerio de Producción, terminaron volteando una ley que dejó en offside a toda la dirigencia.

En Mendoza el debate vuelve a estar saldado, pero ¿qué nos dice este suceso sobre cómo pensar nuestro desarrollo?

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Los especialistas explican que la economía argentina de hoy no funciona sin soja, petróleo y minería. Pero sabemos también que la forma actual de explotar estos recursos tiene un impacto negativo desproporcionado sobre las comunidades que habitan en las cercanías de las explotaciones y los campos. Tarde o temprano, la sociedad se opone a aquello que entiende que la perjudica. Y, como la democracia es una de nuestras mayores fortalezas, suele terminar ganando.

Las razones de la oposición a la megaminería, tal el caso que nos ocupa, son el miedo a la afectación del agua, la tierra, la economía regional y los modos de vida tradicionales, las actitudes poco democráticas y transparentes de políticos y empresarios, la escasa confianza en las capacidades de control de los Estados provinciales, los conocidos derrames de Barrick y Alumbrera y el nulo desarrollo de las localidades cercanas a las grandes minas. Al fin,  lo mismo que preocupa a los pergaminenses en relación a la explotación agraria.

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¿Qué debemos hacer entonces? Partimos de la base de que toda actividad humana impacta sobre el ambiente, pero se espera que los beneficios sociales siempre sean mayores que los costos, no solo en términos económicos sino contabilizando todas las externalidades tales como la afectación a la salud, a los cursos de agua, los glaciares, el cambio climático. Por su escala y sus características particulares, la megaminería tiene un impacto desmesurado, por lo que los ambientalistas, invocando el derecho al ambiente sano (artículo 41 de la Constitución Nacional) y el principio precautorio (cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente), exigen que la tecnología -conocida como fracking- directamente no se implemente.

Mientras la controversia continúa, hay mucho en lo que trabajar para marcar una dirección clara hacia un desarrollo ambientalmente sustentable.

La legislación ambiental argentina es de avanzada, en muchos casos; solo implementar la normativa rigurosamente significaría un gran paso, pleno de garantías. Si hay algo que sobra en este país son leyes y reglamentos, el talón de Aquiles está en el control de su cumplimiento. En ese sentido, asegurar la independencia, el presupuesto y la capacidad de las agencias gubernamentales dedicadas al control ambiental, resulta fundamental.

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