Blindaje a la droga y el terrorismo
Por decreto y en el marco de la ley de emergencia en seguridad, entró en vigencia en nuestro país la ley de derribo, destinada a proteger el espacio aéreo.
El decreto en cuestión crea, además, el Gabinete de Seguridad Humana, que tendrá a su cargo coordinar las tareas de las diferentes carteras en lo atinente a la emergencia, y autoriza al Ministerio de Seguridad a convocar personal retirado de la Policía Federal, Prefectura, Gendarmería y Policía Aeroportuaria que no hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad. Un recurso al que no es la primera vez que se echa mano.
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Además de la ley de derribo, quizás el aspecto más interesante de esta normativa es que el Ministerio de Seguridad celebrará un convenio con el Poder Judicial con el fin de interconectar el sistema de información de la Justicia nacional con el Sistema Federal de Comunicaciones Policiales. De funcionar en la práctica, este será un gran avance en el combate cuerpo a cuerpo contra el delito en general y el narcotráfico en particular, en un país tan extenso territorialmente como lo es Argentina. Esta falta de comunicación ha sido históricamente la gran ayuda con que han contado los delincuentes, que una vez fuera del ámbito de los hechos pasaban a ser invisibles, escabulléndose a través de las provincias, haciendo pie en esta grave falencia, ilógica por otra parte en esta era de las telecomunicaciones. Metafóricamente, la información entre las fuerzas se trasladaba vía chasquis mientras los delincuentes iban en avión.
Otro flanco débil son las extensas fronteras, virtuales coladores por donde todo pasa, desde productos para venta y consumo, droga, y hasta seres humanos contra su voluntad. Por primera vez en años se exige desde el Ministerio de Seguridad a la Administración Federal de Ingresos Públicos que se adecúen los estándares y la normativa de seguridad de las zonas primarias aduaneras. Es decir, la Afip está siendo conminada a cumplir su rol de control de ingresos más allá del propósito recaudatorio, como nos hemos acostumbrado a visualizarla. Como en el caso del acuerdo con el Poder Judicial, insistimos, habrá que ver cómo funciona en la práctica, si realmente se sale de los enunciados a los hechos y, si es que hay voluntad de que así sea, cómo responde el recurso humano. Porque como se dijo de la Policía Bonaerense en el caso Lanatta-Schillaci, puede haber cambiado la conducción, pero la mano de obra es la misma.
Ya adentrándonos en el cuidado del espacio aéreo, como cuestión previa a la controvertida ley de derribo, este decreto crea el Operativo Fronteras, que reemplaza al Escudo Norte, con carácter permanente, y se adoptan en forma inmediata las medidas para dotar de dispositivos materiales, técnicos y tecnológicos a la zona de frontera, para dotarla de una radarización eficiente.
También dispone el levantamiento del secreto militar de las Reglas de Empeñamiento para la Defensa Aeroespacial (Reda) que habían sido establecidas por el Decreto Nº 2.415 del año 2014. La entonces presidenta Cristina Kirchner, para la realización de la Cumbre del Mercosur, en Paraná, emitió este decreto para garantizar la seguridad defensiva en el aeroespacio correspondiente, en el marco de la visita a Entre Ríos de presidentes extranjeros.
Este cuadro normativo dispuso para el período del 12 al 19 de diciembre de 2014 que la protección del espacio aéreo se haría según esta serie de reglas, acordes a los requerimientos de todos los Estados del mundo, incluyendo otros tipos de radares, armamentos e inclusive el derribo de toda aeronave que no cumpliera con la debida identificación. Es decir que previo a la decisión de Macri, el kirchnerismo ya había firmado un decreto para derribar aviones no identificados. Pero sobre todo, este decreto nos advierte como sociedad que en el resto del mundo rigen parámetros de seguridad que, en la generalidad de nuestros días, están ausentes; sólo se dispusieron por esos siete días en que nos visitaron los jefes de Estado y en otras situaciones de igual tenor, pero en la diaria, estamos desprotegidos. Y bien lo pueden decir quienes habitan en el norte o quienes hayan visitado provincias como Chaco, Corrientes o Formosa: allí los vuelos rasantes que aterrizan en medio de los campos son parte del paisaje.
En efecto, la ley de derribo está vigente en todos los países de Sudamérica (por hablar en particular de nuestra región) salvo por Paraguay y (hasta ayer) Argentina.
Sobre su cuestionada eficacia, cada país evaluará sus resultados; sobre su por algunos- señalada obsolencia, es posible que haya caído en ella en naciones donde se han dado pasos más avanzados en el combate al terrorismo y al narcotráfico, pero para quienes partimos de cero en cuanto a protección del espacio aéreo, es una estrategia básica que persigue el más eficiente de los objetivos: la disuasión. No resulta extraño, visto desde esta óptica, que justamente el éxito del efecto disuasivo de la norma en los países vecinos haya sido un factor de peso para que gran parte del mundo narco desembocara en nuestras tierras. Claro que si no hay radares eficientes, no hay disuasión posible. Por eso, más importante que la vigencia de la ley de derribos es que el decreto incluye una completa radarización, el control de las fronteras, de las aduanas y de las pistas clandestinas.
No implica esta ley de derribos que se vayan a disponer misiles mirando al cielo para disparar a todo lo que parezca sospechoso. El derribo de aeronaves es la última instancia de un protocolo que forma parte del decreto Reda que antes no se había hecho público. Es decir que, salvo por objeción de conciencia, el kirchnerismo no debiera escandalizarse.
En Brasil, la ley de derribo fue aprobada en 2004 durante el gobierno de Luiz Inacio Lula Da Silva. Chile dispone de una ley de derribos, que fue sancionada en 2006 durante el gobierno de Michelle Bachelet, en tanto que Colombia es uno de los pioneros en esta medida destinada a combatir el narcotráfico. Ecuador también tiene esta ley para evitar cualquier penetración de las guerrillas y los cárteles narco, al igual que Perú.
Paraguay no tiene una legislación de este tipo, aunque en los últimos tiempos comenzó a impulsar un proyecto para su aprobación, en tanto que Uruguay cuenta con normas para controlar su espacio aéreo, incluido el derecho a derribar aeronaves hostiles o que se sospeche que participan en actividades ilegales.
Venezuela cuenta con la Ley de Interceptación Aérea, promulgada por el presidente Hugo Chávez en 2011, contra aquellos aviones que utilicen el espacio aéreo para traficar drogas, mientras que Bolivia cuenta con esta ley de defensa aérea desde 2014, cuando el presidente Evo Morales sancionó que las Fuerzas Armadas podrán abrir fuego contra naves implicadas en el tráfico de drogas o que violen la seguridad nacional.
¿De qué lado queremos estar?
Voces encontradas siempre va a haber, pero en general se advierte consenso social, nacional y regional, respecto de que somos un país permeable al que hay que ponerle urgentemente un filtro protector. El modo más recurrido en estos casos es la ley de derribo y todas las acciones conducentes.
La ley de derribos forma parte de una serie de cláusulas que permitirían que Argentina no sea considerada por el crimen internacional como un país fácil, débil y abierto a la incursión de mafias. Esta no es una opinión de LA OPINION sino de José Pampuro, quien fuera ministro de Defensa de Néstor Kirchner, antecesor de Nilda Garré.
Obviamente, más allá de las opiniones personales de algún que otro dirigente, la política siempre hará su juego y la oposición pondrá sus peros. Ahora, que la principal voz detractora del decreto sea Aníbal Fernández, no deja de ser un aliciente.













