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Animales grandes sueltos: nuevas reglas para un viejo problema

Mañana entra en vigencia la renovada normativa municipal. Más exigencias para los propietarios de caballos, entre ellas la obligatoriedad del DUE. Penalizaciones pecuniarias más elevadas; en caso agresiones o amenazas a algún agente, la multa aumentará. ¿Será que esta vez funcionará? ¿Se hará cumplir rigurosamente la letra?

23 de abril de 2022 a las 12:00 a. m.
Animales grandes sueltos: nuevas reglas para un viejo problema
¿Se habrá encontrado un principio de solución? Desde mañana tendrían que advertirse cambios.

El Concejo Deliberante, a través de una iniciativa del bloque de ediles Juntos, modificó la ordenanza municipal que prohíbe la presencia de animales de gran porte, en especial de los caballos, en la vía pública. 

Leyes al respecto había, siempre hubo. Pero el problema sigue existiendo. Algo no está funcionando y aquí va un nuevo intento de modificar las cosas a partir de cambiar la letra. Aunque la disuasión de cometer esta potencialmente mortal contravención claramente no se da por lo que diga un papel sino por la rigurosidad con que se cumpla lo que allí se dice. Aprobada la nueva ordenanza, con su entrada en vigencia podremos constatar si efectivamente se logra el cometido.

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En esencia, el mandato municipal es que los dueños mantengan sus animales en un lugar seguro para evitar accidentes. Asimismo, a todos aquellos vecinos que vean animales sueltos en rutas, avenidas y calles se les pide que denuncien de inmediato al 147.

La Ordenanza Nº 9517/2022 entra en vigencia mañana y, además de enumerar todas las consecuencias del incumplimiento, lo que dice la norma es que "se prohíbe la presencia de animales de gran porte, sobre todo caballos, en cualquier lugar que sea público, por más que se encuentren inmovilizados o atados". Esto último es novedoso e importante de que tomen conocimiento los propietarios de caballos, que usualmente los llevan a pastar fuera de sus terrenos cercados: aunque atado y con bozal, es una infracción.

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La responsabilidad de tenerlos

Para la nueva norma, quien decida tener animales de gran porte de contar con un lugar privado acorde a las exigencias de cada especie y deberá ser un espacio en el que la especie se pueda movilizar sin problemas, con alimentación y agua.

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En caso de no cumplir con las exigencias, una vez cometida la infracción, los funcionarios municipales deberán proceder de inmediato a la captura y traslado del animal al espacio municipal previsto para su guarda. Para ello, pueden pedir el auxilio de la fuerza pública policial.

Multas altas y sin cuotas

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Se destacó además que aumentará el valor de las multas a fijar por el Juzgado de Faltas para casos de animales en la vía pública. Dicho Juzgado no podrá liberar y entregar un animal secuestrado al contraventor correspondiente si éste no presenta el 100 por ciento pago de las tasas y de las multas que en el expediente se fijen. "Ya no se podrán pagar las multas en cuotas. Y en caso de acreditarse agresiones o amenazas a algún agente municipal, la multa aumentará", advirtieron. 

Con DUE o nada

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Si el animal secuestrado es un caballo, para poder acreditar la propiedad del mismo en el Juzgado de Faltas, al iniciar los trámites de su liberación, deberán presentar sin excepción y de manera obligatoria un Documento Único Equino (DUE) a nombre del propietario. En esa identificación se obligará a tener una fecha anterior al del día de secuestro del animal, que se cotejará con el acta de infracción labrada por los agentes.

Se lo llevan

Como novedad relevante, se autoriza al Ejecutivo municipal a capturar y trasladar a cualquier animal que se encuentren en un establecimiento agropecuario perteneciente al Partido de Pergamino sin autorización de su propietario y/o usufructuario, siempre y cuando la persona interesada y/o damnificada lo solicite.

"El procedimiento de captura, traslado y guarda deberán llevarse a cabo garantizando el buen cuidado del animal. El propietario tendrá que concurrir al Juzgado de Faltas a ejercer su derecho de descargo y cumplimentar los requisitos exigidos por la ordenanza para el retiro del animal, exigiéndose la presentación de documentos requeridos y el pago de todos los conceptos a fin de efectuar su retiro, los que deberán ser abonados antes que el órgano administrativo de faltas dicte su resolución", destacaron ante la consulta que hizo LA OPINION. 

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