Advertencia a los viajeros que contratan paquetes de agencias de turismo
“En primer lugar hay que conocer los antecedentes legales de la empresa en cuestión y comprobar que se encuentre autorizada”, se informó a través de un comunicado que recibió el Diario.
Asimismo los servicios a convenir con la compañía deben estar especificados claramente en cada contrato, “del que la agencia está obligada a entregar una copia al cliente”, añadió Luciano Alesso, a cargo de la Omic, y explicó que la persona contrata una prestación, pero no siempre se exige por escrito toda la responsabilidad que asume, así como también las que tiene la agencia, además de los servicios y las condiciones convenidas antes de partir para disfrutar de las vacaciones. Firmar un contrato implica manifestar un acuerdo de voluntades y por lo tanto hay que conocer las cláusulas contenidas en el documento.
Las mas leidas de Importados
Detuvieron a un joven tras el robo a un supermercado chino del barrio Centenario
Impuestazo y devaluación: chau tecnología, seguridad y confort
El principio de arreglo con Repsol, una buena noticia para la Argentina
Emprender: Desarrollan el taller de tejidos en la parroquia San Cayetano
El técnico de Douglas Haig formó en la práctica de ayer el equipo del último partido
“Nuestra Ley de Defensa del Consumidor es muy clara y expresa que quien preste un servicio, tiene que suministrar a los consumidores, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características del mismo”, le dijo el funcionario a LA OPINION dado que en los últimos días hubo vecinos que se acercaron a consultar distintas cuestiones vinculadas con promociones que llegaron a través de correos electrónicos o bien por redes sociales.
Peligros en la Web
En la ley, el artículo referido a campañas publicitarias advierte que las precisiones formuladas en anuncios, prospectos o bien a través de otros medios de difusión, obligan al oferente y se incluirán en el contrato con el consumidor que adquiere ese viaje. A su vez se puede reclamar el incumplimiento del artículo de la ley que sentencia que quienes presten los servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a lo que se haya ofrecido, publicitado o convenido, según recordaron desde esta dependencia municipal que tiene su sede en Luzuriaga, a metros de avenida Alsina, y que en las vacaciones pasadas recibió reclamos de usuarios que viajaron con agencia foráneas que vendieron sus paquetes a través de Internet.
Los hoteles
Un dato importante es saber que una vez alojados, el hotelero es responsable de los efectos introducidos en su establecimiento y eso comprende la destrucción, deterioro o pérdida de los mismos. Se recalca que no se exime aunque haya carteles anunciando que “no se responde por los efectos de los viajeros”. Sin embargo, el titular del hotel no es responsable por robos a familiares o visitantes de los viajeros cuando el daño o pérdida sea culpa del pasajero; si la sustracción se hizo con armas o cualquier otro motivo por el que el hotelero no se pudo resistir, o cuando se trata de objetos de valor (joyas, pieles o sumas de dinero importantes) que regularmente los viajeros no llevan consigo.
“También cuando el pasajero se presenta en el hotel con servicios confirmados y el lugar de alojamiento está vendido en exceso, la empresa le debe garantizar una comodidad similar en un establecimiento próximo, de igual o superior categoría sin cargo al viajero por las diferencias”, informaron desde la oficina local recordando que ante cualquier duda hay que solicitar asesoramiento.











