Una ley que debe entrar en diálogo con la realidad para transformarla
Históricamente Argentina ha ido a la vanguardia en materia legislativa y ha dado discusiones y establecido normativas que abrieron caminos y sentaron precedentes que fueron incluso tomados por otros. Algunas veces producto de la iniciativa de la política, y muchas otras, fruto de la lucha consecuente de colectivos y organizaciones...

Históricamente Argentina ha ido a la vanguardia en materia legislativa y ha dado discusiones y establecido normativas que abrieron caminos y sentaron precedentes que fueron incluso tomados por otros. Algunas veces producto de la iniciativa de la política, y muchas otras, fruto de la lucha consecuente de colectivos y organizaciones de la propia comunidad que observan y viven ciertas problemáticas desde una mirada que las autoridades ignoran o invisivilizan.
La vieja Ley de Sida fue pionera. La Ley Nacional de Salud Mental marcó un nuevo paradigma. La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo dio respuesta a un debate en el que confluían posiciones antagónicas. La Ley de Matrimonio Igualitario, la Ley de Identidad de Género, marcaron una senda. La Ley de Oncopediatría dio respuesta a la demanda de muchas familias. Estos son apenas algunos ejemplos de tantas otras normas que constituyen la base de políticas públicas en materia de derechos. Y testimonio de cómo la realidad se impone y genera las condiciones propicias de un debate que va acompañando el ritmo de los tiempos. No sin pocas controversias, pero estableciendo pautas para el abordaje de distintos temas sociales desde una perspectiva de derechos.
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Recientemente, la aprobación de la Ley de HIV, ITS, Hapetitis Virales y Tuberculosis habilitó un nuevo capítulo en el tratamiento de estas enfermedades y su sanción y reglamentación representó un nuevo avance, por cuanto corre la mirada del aspecto biomédico y pone el foco en cuestiones largamente desatendidas como la inclusión. Quizás por eso la norma fue celebrada, y, salvando las divisiones que siempre plantea "la grieta" -que pareciera establecer una divisoria en términos ideológicos en casi todas las cuestiones de la agenda pública nacional-, recibida con satisfacción por quienes desde hacía tiempo aguardaban la revisión de la normativa vigente y su ampliación.
La respuesta integral a este conjunto de enfermedades que traduce la ley es la resultante del trabajo de más de doscientas organizaciones que intervinieron en la redacción del texto. Y sus fundamentos, no hacen más que describir la cruda realidad que viven a diario quienes conviven con enfermedades que, si bien son atendidas desde el punto de vista médico, son profundamente olvidadas en los aspectos vinculados a lo social.
No hace falta irse lejos para conocer y escuchar de primera mano las dificultades que tienen las personas que viven con HIV al momento de acceder a un empleo registrado. Las organizaciones locales y los dispositivos que trabajan con estos pacientes a menudo refieren que el estigma y la discriminación siguen siendo la moneda corriente en una comunidad que si bien ha modificado su mirada, sigue siendo conservadora en muchos aspectos y convive con el prejuicio. Aunque ya no estaba permitido en la norma anterior, el pedido de la prueba de HIV en un examen preocupacional no es más que la cara visible de ese recelo que representa para muchos contratar a una persona que tiene diagnóstico de HIV, desconociendo que esto no condiciona las capacidades laborales de las personas, mucho menos su responsabilidad y rendimiento.
Lo que ocurre con el HIV sucede también con otras enfermedades, fundamentalmente aquellas cuya vía de transmisión está asociada a lo sexual y esto es señalado con frecuencia, a contracorriente de los avances que se han dado en el seno mismo de la sociedad.
Las personas con estas situaciones de salud saben que tienen acceso a la medicación. Sin embargo, es necesario preguntarse cuántos tienen acceso al agua potable para tomarla; cuántos viven en condiciones habitacionales dignas; cuántos son acompañados en la adherencia a sus tratamientos; cuántos pueden pagar un transporte para acudir a sus controles médicos; cuántos tienen acceso al empleo digno. Estas preguntas interpelan al conjunto de la sociedad, porque precisamente estas son las cuestiones que suelen pasar desapercibidas.
En este sentido la ley vino a sumar derechos, a posicionar la mirada en esas cuestiones desatendidas y a habilitar un marco normativo acorde a la realidad del presente.
La nueva ley se centra en los determinantes sociales y en tal sentido apunta a poder intervenir sobre ellos para facilitar el camino que deben transitar quienes conviven con enfermedades sobre las cuales aún recaen ciertos estigmas. Por estos días alguien escribió que Argentina tenía "una ley de urgencia de vida", en alusión a la Ley de Sida que había llegado para asegurar el derecho a la medicación de quienes morían a causa de esta enfermedad. Este mismo referente aseguraba que hoy el país cuenta con "una ley de calidad de vida".
Por delante queda la titánica tara de permitir que el diálogo entre la ley y la realidad ocurra. Para ello se requerirá mucho trabajo de un Estado presente que nutra a la norma de recursos para su implementación. La ley puso en letra del Estado las urgencias. Ahora falta acompañar ese texto de políticas de salud pública que resulten efectivas. De lo contrario, sucederá lo que ha pasado con otras normas de vanguardia, que han quedado a la espera de que la decisión política traduzca en realidad el paradigma y le cambie realmente la vida a la gente.












