Pami: cuáles son los medicamentos 100% gratuitos para los jubilados

En un reciente comunicado, el Programa de Atención Médica Integral (Pami) informó a los jubilados y pensionados argentinos sobre los medicamentos que continuarán siendo 100% gratuitos durante el mes de octubre de 2024, así como aquellos que perderán dicha cobertura.
Para el próximo mes, se asegurarán los medicamentos necesarios para el tratamiento de enfermedades crónicas y otras condiciones prevalentes. Entre estos se incluyen:
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Oncológicos y Tratamientos Especiales: Cobertura para oncológicos, oncohematológicos, tratamientos para hemofilia, hepatitis B y C, antirretrovirales y medicamentos para trasplantes.
Medicamentos para Afiliados con Discapacidad: Los jubilados con discapacidad seguirán recibiendo su medicación sin costo.
Medicamentos Ambulatorios: A través del Subsidio por Razones Sociales, algunos medicamentos ambulatorios seguirán cubiertos.
A partir de octubre el PAMI dejará de cubrir estos medicamentos
Antiinflamatorios y Analgésicos: Ácido acetilsalicílico, betametasona, dexametasona, morfina.
Antibióticos: Ceftriaxona, ciprofloxacina, claritromicina, metronidazol.
Medicamentos para Enfermedades Crónicas: Metotrexato, pregabalina, tramadol.
La lista completa incluye 43 medicamentos que perderán la cobertura gratuita, lo que representa un importante recorte en la asistencia médica para muchos jubilados.
Cómo solicitar excepciones a PAMI
A pesar de los recortes, el Pami ofrece una opción para que jubilados y pensionados accedan a todos los medicamentos con cobertura del 100%. Para solicitar una excepción, deben cumplir con ciertos requisitos:
Ingresos Netos: Deben ser inferiores a 1,5 haberes previsionales mínimos.
Hogares con Discapacidad: Si hay convivientes con Certificado Único de Discapacidad, los ingresos totales no pueden exceder 3 haberes.
No estar Asociado a Medicina Prepaga: Aquellos con medicina prepaga pueden solicitar la excepción si el costo del medicamento representa más del 15% de sus ingresos.
Propiedades y Activos: No ser propietario de más de un inmueble, ni poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o vehículos de menos de 15 años de antigüedad. Además, no deben tener activos societarios que demuestren capacidad económica.














