Lo legal no siempre es legítimo
Ni el Estado ni muchos menos los usuarios deben solventar las pérdidas que sufran empresas privadas que, como tales, asumen un riesgo.
Hizo falta que todo el país, incluido los sectores políticos amigos, alzara su voz frente a la aceptación por parte del Gobierno a la exigencia de las empresas concesionarias de servicios de cobrar retroactivamente por una adecuación ante los cambios de condiciones del mercado. En otras palabras, la pretensión era que se compensen los efectos de la devaluación del dólar.
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Hay muchas aristas para analizar detrás de este asunto que agitó reclamos hasta que finalmente el Gobierno se retractó, no del pago sino del pagador: no lo absorberán los usuarios sino el Estado, mediante un plan de financiación hasta 2021.
Por un lado está la ley. En este caso, la Nº 24.076 de 1992 cuya reglamentación permite la readecuación de las tarifas a posteriori. La reglamentación de la norma contiene un párrafo clave para entender la cuestión, que habla de los casos en que existan diferencias mayores a 20 por ciento en los precios pactados en principio entre las distribuidoras y las productoras del gas respecto de los valores al finalizar el semestre. Dice que si hubiera una diferencia de esa magnitud, ese monto sería discutido en el marco de un nuevo marco tarifario. Este año, la suba de la divisa desde abril trastocó todos los precios de referencia, pero no solo para el gas sino para todos los rubros de la economía. En el caso energético, el semestre abril-octubre se negoció entre empresas con un dólar cercano a los 20,50 pesos. Al finalizar ese período estacional semestral, el dólar ya costaba casi el doble. Esa diferencia en el precio del insumo (que está dolarizado) es la deuda que se generó y que ahora las empresas de gas quieren compensar amparados en la normativa de 1992.
La ley de 1992 que habilita a cobrar el gas retroactivo se votó en la sesión de los diputruchos.
Ocurrió en la Cámara de Diputados durante el gobierno de Menem. La sesión se anuló pero la norma se aprobó la semana siguiente. En ese momento, el núcleo de la norma era la autorización para privatizar la empresa Gas del Estado, una de las compañías estatales que el menemismo buscaba quitarse de encima para achicar el déficit. La sesión por este tema en la Cámara de Diputados pasó a la historia, pero no solo por la importancia del asunto en análisis.
En marzo de 1992 el Gobierno necesitaba avanzar con su plan de reforma del Estado. Y quería hacerlo con urgencia. Tanto así, que el día 26 de ese mes el justicialismo consiguió un ajustado quórum de 130 miembros para luego, en una votación a mano alzada, lograr su objetivo. En tiempos sin celulares, menos cantidad de cámaras y controles más relajados, periodistas parlamentarios detectaron una irregularidad: no todas las caras de quienes estaban sentados en las bancas oficialistas eran legisladores. De hecho, algunos se desempeñaban como asesores.
El escándalo tomó una gran trascendencia y se conoció como la causa de los diputruchos. En total fueron cinco, aunque el único que pudo ser plenamente escrachado por el cronista Armando Vidal fue Juan Abraham Kenan, asesor del diputado Julio Samid, hermano del empresario de la carne Alberto.
Es decir que la ley que hoy se esgrime no solo responde a un contexto específico, en este caso el de la necesidad de ceder aspectos en una negociación para que alguien se hiciera cargo de una empresa deficitaria, sino que además está viciada de origen por la corrupción.
No obstante se aprobara días después por parte de los diputados reales, la primera premisa referida a las urgencias del momento es la que traccionó su aprobación, no así su legitimidad. Porque ¿dónde cabe que una empresa privada, que debe asumir sus riesgos pero que a la vez se cubre con seguros y como gran beneficio cuenta con una clientela cautiva deba ser compensada por sus pérdidas ante una contingencia del mercado? ¿A dónde quedan entonces los conceptos de empresa privada, del riesgo, la inversión, la creatividad, los fondos anticíclicos? ¿El Estado debe compensar entonces a todas las empresas privadas del país que apostaron en un contexto y se encontraron repentinamente con otro?
Con esto lo que planteamos es que puede existir una ley y por tanto una decisión puede ser legal, pero no necesariamente es legítima.
Otra arista que surge con esta cuestión es la inoperancia de nuestro Congreso. Una normativa viciada de origen y propia de otra época no puede seguir vigente. Y aquí tenemos la prueba palmaria de la importancia de que nuestros legisladores se aboquen a legislar y, lo que incluye revisar, modificar y derogar si fuese necesario. Si hubiesen hecho su trabajo, no estaríamos hoy frente a este planteo de las empresas de gas.
Pero aquí estamos, y en una decisión política pero carente de lógica, el Gobierno decidió afrontar por sí mismo la demanda de las concesionarias en lugar de trasladar el costo a los usuarios. Es una opción que atiende al clima social más que al bolsillo, porque al fin, con el costo que tiene todo, esos 100 pesos más en la factura no hacen ni cosquilla. Pero el sentimiento de hartazgo de los ciudadanos no da para más. Mucho menos tras el cimbronazo de la excesiva readecuación de tarifas (en torno al 40 por ciento) que estamos pagando en el gas. Es doloroso pero vamos a poner sobre la mesa que corresponde por los 12 años en que no se tocaron, pero al mismo tiempo hay que decir que solventar la pérdida de unos por factores que nos afectaron a todos es, cuanto menos, irracional.
Una empresa toma decisiones de inversión incluyendo márgenes de riesgos; estima la cantidad de riesgo y se prepara para absorberlos y así asegurar un rendimiento monetario real. Puede ser mediante el desvío de ingresos para generar un fondo anticíclico o mediante la contratación de seguros. Esto último es más visible en la concesión de obra pública. Algunas de las obras de infraestructura que se otorgan en concesión son rutas, puertos, aeropuertos, ferrocarriles, líneas de transmisión eléctricas, gasoductos, entre otras. Para asegurarlas frente a los riesgos a los que pueden estar expuestas, antes de ser concesionadas el Estado exige la contratación de un seguro que las proteja aunque, además, las empresas concesionarias también buscan seguros que las amparen frente a posibles pérdidas financieras. Así, ante una contingencia de la Naturaleza, como terremotos, inundaciones, huracanes, es el seguro el que responde por los daños sobre la inversión ya realizada, y del mismo modo si el tsunami es financiero. Bajo ningún punto de vista debe el Estado pagar entonces por este concepto, mucho menos sobre servicios ya consumidos, facturados y pagados.
Pero gracias a nuestros legisladores de ayer y de hoy tenemos esta ley que ampara el reclamo de las empresas. Si los de ayer no hubiesen sancionado un mamarracho y los de ahora estuvieran haciendo su trabajo, revisando normativas de este tipo, nacidas de la corrupción, la legalidad no le prestaría su traje a lo ilegítimo.
















