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El Poder Judicial obliga a la Celp a llamar a elecciones

El Municipio se presentó al Poder Judicial el pasado 14 de septiembre con el objetivo que la Cooperativa Eléctrica (Celp) convoque a elecciones. En el escrito, firmado por el intendente Javier Martínez, la Municipalidad de Pergamino se presentó como órgano concedente del servicio público y como socio de la entidad....

19 de octubre de 2022 a las 12:00 a. m.
El Poder Judicial obliga a la Celp a llamar a elecciones

El Municipio se presentó al Poder Judicial el pasado 14 de septiembre con el objetivo que la Cooperativa Eléctrica (Celp) convoque a elecciones. En el escrito, firmado por el intendente Javier Martínez, la Municipalidad de Pergamino se presentó como órgano concedente del servicio público y como socio de la entidad. Este carácter, es lo que el juez Ramiro Guerrico tomó como legitimación activa del pedido.

Que dice el fallo:

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1- Hacer lugar parcialmente y bajo exclusiva responsabilidad de la parte actora al pedido cautelar efectuado en fecha 14/10/22.

2- En consecuencia, dentro de los cinco días de notificada la presente y a través de las autoridades actuales y los órganos de la Cooperativa Eléctrica Servicios Anexos de Pergamino Limitada (Celp), deberá iniciarse el procedimiento para convocar a elecciones primarias para elegir delegados, convocatoria que se efectuará durante el plazo ordenado y en el modo, con las formalidades y los términos previstos por la normativa legal y estatutaria de la Celp, siempre conforme al estatuto vigente y la reglamentación aplicable al acto (Conf. Art. 35, 36, siguientes y concordantes del Estatuto vigente de la Celp).

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3- Se dispone a eso mismo que a esos fines y para asegurar cumplimiento de lo aquí ordenado se deberá dar debida intervención al veedor designado por este juzgado, quien velará y controlará que las actuales autoridades de la Celp cumplan en tiempo y forma con el llamado a elecciones aquí ordenado (conf. Arts. 222, 227 y ss y cc del Cpcc; y arts. 113/7 de la ley 19.500, en lo pertinente aplicable por remisión expresa de la ley 20.337).

4- Conforme todo lo expuesto, el alcance de la medida y su índole, aconsejan que el cargo de veedor recaiga en un profesional del derecho, específicamente en un escribano público, a los fines de llevar adelante el rol de veedor ordenado en este trámite a cuyos fines se elevará a la Excelentísima Cámara de apelaciones Civil y Comercial de Pergamino el formulario electrónico respectivo a los fines del sorteo requerido.

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5- Una vez designado el veedor y aceptado el cargo, notifíquese la presente a la Cooperativa Eléctrica Servicios Anexos y Vivienda Limitada de Pergamino Celp).

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