El IPS simplifica un trámite clave para el cobro de haberes por parte de un familiar
Ya no será necesaria la renovación de un poder otorgado por un beneficiario.

El Instituto de Previsión Social informó que, a partir de la Resolución N° 21.294, se simplifica la renovación de los poderes para percibir los haberes por parte de un familiar. Es decir, ya no será necesaria la renovación de un poder otorgado por un beneficiario a un familiar para percibir sus haberes.
De esta manera, a partir de la publicación, los familiares que ejercen la representación de un titular de beneficio del IPS, quedan eximidos de la carga de renovar la autorización. Esta medida incluye al conviviente en aparente matrimonio.
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Se definió entonces que la autorización sólo perderá vigencia por revocación expresa del o la titular; por renuncia del apoderado; o por el fallecimiento de alguno de ellos.
Para gestionar el trámite de "Poder" para percibir los interesados podrán acceder a la información y requisitos a través del sitio web del IPS.






