En la Provincia fue aprobada la Ley de Paridad de Género en las listas de candidatos

La norma modifica el artículo 32 de la Ley Electoral provincial. Este porcentaje será aplicable a la totalidad de la lista, la que deberá cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre sexos por binomios (mujer-hombre u hombre- mujer).
Las mas leidas de Región
Paritarias bonaerenses: acuerdo de estatales y policías
El Gobierno hizo un cambio en las cartillas que impacta en prepagas y obras sociales
Paritarias bonaerenses: los estatales también rechazaron la oferta de Kicillof del 15%
Carolina Losada se lanzó en Santa Fe con fuerte respaldo del Pro
Tres jóvenes de Villa Ramallo están en Miami para seguir a la Scaloneta en el Mundial 2026

La Plata, (NA) - La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionó ayer la ley que establece la paridad de género, en porcentajes iguales y secuenciales entre hombres y mujeres, para las listas de candidatos a cargos electivos y partidarios.
La votación tuvo lugar luego de poco más de dos horas de debate y cosechó el respaldo de los bloques de Cambiemos, Frente Renovador, Frente para la Victoria, FpV-PJ y GEN.
La norma modifica el artículo 32 de la Ley Electoral provincial, por lo que ahora las listas deberán respetar para los cargos de cuerpos colegiados en todas las categorías una equivalencia del cincuenta (50) por ciento del sexo femenino y otro cincuenta (50) por ciento del sexo masculino.
Este porcentaje será aplicable a la totalidad de la lista, la que deberá cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre sexos por binomios (mujer-hombre u hombre- mujer).
En el recinto de la Cámara baja la norma cosechó dos votos negativos, uno de un diputado oficialista y otro de un miembro de la bancada del FIT, mientras que hubo dos abstenciones del bloque Justicialista Bonaerense.
Los palcos estuvieron ocupados por una delegación de diputadas nacionales de distintas fuerzas políticas y colmados de militantes.
El texto establece que cuando se trate de nóminas u órganos impares la diferencia entre el total de hombres y mujeres no podrá ser superior a uno o será ocupado indistintamente.
En tanto, la ley indica que el género del candidato estará determinado por su DNI, independientemente de su sexo biológico.
Y aclara que en caso de la renuncia, licencia o fallecimiento de un legislador en funciones, para su reemplazo se deberá respetar la paridad: es decir, que si quien pide licencia o renuncia es una mujer y quien sigue en la lista para ingresar es un hombre, éste será salteado en favor de la próxima mujer de la lista.
Esta modificación a la Ley Electoral se hace también extensiva a la Ley de Partidos Políticos, Ley provincial 14.086, en varios artículos, entre ellos el 7 y 11, donde se establece que la conformación final de la lista de candidatos a cargos públicos electivos o partidarios respetando la paridad de género.
Malena Galmarini
La dirigente del Frente Renovador Malena Galmarini celebró ayer la sanción de la ley de paridad de género en la Legislatura bonaerense y destacó que se trata de un precedente histórico para la política argentina.
La paridad ya es una realidad, un derecho de todas, subrayó Galmarini, referente en políticas sociales y de género del Frente Renovador.
La esposa de Sergio Massa sostuvo que la Ley de Paridad en la Provincia de Buenos Aires va a sentar un precedente histórico, por la igualdad de derechos, tanto en la política como en la vida.
No pedimos por cargos, ni por nombres, pedimos por las mismas oportunidades, pedimos por Justicia, afirmó Galmarini en un comunicado.
Y agregó: Agradezco a los otros partidos políticos, por acompañar nuestro proyecto y haber entendido la necesidad de que la política inspire la igualdad de oportunidades entre mujeres y varones.
















