El Sadop y los docentes suplentes
Al respecto y para evitar interpretaciones que terminen perjudicando a los docentes se acordó en el Consejo de Relaciones Laborales del 1º de agosto de este año que debía explicitarse que las bajas son a los efectos administrativos. Del mismo tenor y referido al principio de continuidad laboral rige plenamente el acuerdo celebrado en la Comisión Negociadora Nacional del 1º de julio del presente y homologado por el Consejo Gremial de la Enseñanza Privada donde se privilegia el principio de continuidad laboral en la institución en tanto no se reincorpore el titular.
A nivel provincial se están realizando gestiones ante la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada (Dipregep) y Ministerio de Trabajo, con el fin de que se respeten los derechos de los trabajadores docentes en esta situación.
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“Invitamos a los docentes a que consulten con su delegado o directamente con la delegación, Florida 1031”, indica la nota enviada a nuestra redacción.






