Decreto Municipal sobre ACTIVIDADES GASTRONÓMICAS – EXPTE. A-380/20.
A partir del viernes 12 de junio del corriente año, se habilita en el Partido de Pergamino la apertura de establecimientos comerciales gastronómicos –restaurantes, bar, resto bar, pizzerías, cafeterías, pancherías, hamburgueserías, sandwicherías, cervecerías, casas de té, confiterías, establecimientos donde se elaboran comidas rápidas y/o cualquier otro establecimiento gastronómico habilitado-, que...
A partir del viernes 12 de junio del corriente año, se habilita en el Partido de Pergamino la apertura de establecimientos comerciales gastronómicos –restaurantes, bar, resto bar, pizzerías, cafeterías, pancherías, hamburgueserías, sandwicherías, cervecerías, casas de té, confiterías, establecimientos donde se elaboran comidas rápidas y/o cualquier otro establecimiento gastronómico habilitado-, que implique la permanencia de comensales de lunes a domingo en el horario de 8 a 23hs.
Se adjunta también el Protocolo de Higiene y seguridad.
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Dirección de Comunicación y Prensa – PARTIDO DE PERGAMINO – 11/06/2020






