La jueza Marcela Santoro de Pergamino condenó a un hombre a un año de prisión en suspenso por tenencia simple de drogas, tras un juicio oral y público donde se debatió si la droga incautada estaba destinada al consumo personal o a la comercialización.
La magistrada del Tribunal Oral en lo Criminal 1 resolvió dictar sentencia condenatoria contra Elvio Daniel Omar Manuel por el delito de tenencia simple de estupefacientes, previsto en el artículo 14, primer párrafo de la ley 23.737.
De esta manera, desestimó la calificación más gravosa solicitada por la fiscalía, que había acusado al imputado de tenencia con fines de comercialización.
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La jueza Santoro no consideró acreditado el agravante de la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
LA OPINION
El fallo impuso una pena de un año de prisión de ejecución condicional, una multa económica, el decomiso de la droga y de los elementos secuestrados en el procedimiento, y reglas de conducta a cumplir durante dos años. Entre ellas: fijar residencia, abstenerse de consumir estupefacientes y continuar un tratamiento en el CPA por su adicción.
Drogas secuestrada en un procedimiento
El hecho juzgado ocurrió el 8 de septiembre de 2022, durante un allanamiento en el domicilio del imputado. Allí, personal policial incautó 7,25 gramos de cocaína, una bolsa con bicarbonato de sodio, elementos de corte y fraccionamiento, y dos teléfonos celulares.
Según la pericia química realizada por Gendarmería Nacional, la sustancia tenía una pureza del 86,14%, lo que equivaldría a unas 62 dosis umbrales. Esta circunstancia fue uno de los principales argumentos esgrimidos por la fiscalía para sostener la finalidad de venta.
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La Fiscalía de Francisco Furnari presentó la evidencia que acreditaba los supuestos de la acusación.
LA OPINION
¿Consumo personal, comercio o tenencia simple?
Durante el juicio, el fiscal Francisco Furnari sostuvo que la tenencia debía calificarse como con fines de comercialización y solicitó una pena de siete años de prisión. Apoyó su acusación en el material secuestrado, las declaraciones de los policías intervinientes —entre ellos el oficial Santiago Cardozo, de la división antidrogas—, y las imágenes y mensajes extraídos del celular del imputado.
Además, el fiscal pidió agravar la pena por la conducta del acusado durante el proceso, ya que incumplió la obligación de permanencia en su domicilio bajo arresto domiciliario en más de 150 oportunidades, según reportó el Servicio de Monitoreo Electrónico.
La defensa, a cargo del Dr. Daniel Ryan, cuestionó la acusación fiscal y pidió la absolución de su asistido, argumentando que la sustancia era para consumo personal. En subsidio, propuso que se aplicara la figura de tenencia simple, contemplada en el primer párrafo del artículo 14 de la ley 23.737, y solicitó el mínimo de la escala penal.
Entre los atenuantes, la defensa destacó la edad del imputado (52 años), la falta de antecedentes condenatorios, su colaboración con la Policía al indicar dónde estaba la droga, su adicción a las drogas y los problemas de salud acreditados en su historia clínica.
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Fundamentos del fallo
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Al dictar sentencia, la jueza Santoro consideró que no se logró probar de manera concluyente la intención de comercializar la droga. Si bien destacó la cantidad y pureza del estupefaciente, así como ciertos indicios obtenidos de los mensajes del celular, concluyó que la prueba reunida no permitía sostener la acusación más allá de toda duda razonable.
Tampoco hizo lugar al planteo de tenencia para consumo personal, al considerar que la cantidad incautada y su pureza exceden lo que comúnmente se interpreta como uso individual e inmediato.
Por lo tanto, la magistrada calificó el hecho como tenencia simple de estupefacientes y dictó una pena en suspenso, teniendo en cuenta los múltiples atenuantes planteados por la defensa.
Decomisos
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Además de la pena impuesta, el tribunal ordenó el decomiso y la posterior destrucción del estupefaciente secuestrado y de los elementos utilizados para su manipulación. También dispuso el destino del dinero incautado ($4.260) al fondo destinado a la lucha contra el narcotráfico.
Entre los objetos decomisados se incluyeron: envoltorios con cocaína, tijeras, tarjetas, una bolsa de bicarbonato, dos teléfonos celulares y un trozo de vidrio con restos de sustancia pulverulenta.
La resolución también exige que el condenado continúe su tratamiento por adicciones, con seguimiento en el CPA local, y se someta al control del Patronato de Liberados durante el plazo que dure la pena condicional.